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CNMC investiga posibles pr谩cticas anticompetitivas en mercados con actividades de desarrollo y mantenimiento de sistemas y aplicaciones inform谩ticas


La CNMC (Comisi贸n Nacional de los Mercados y la Competencia) est谩 investigando posibles pr谩cticas anticompetitivas en los mercados relacionados con actividades de desarrollo y mantenimiento de sistemas y aplicaciones inform谩ticas. Para ello ha realizado  inspecciones en las sedes de varias empresas del sector de desarrollo y mantenimiento de sistemas y aplicaciones inform谩ticas.

 


Las inspecciones se han realizado los d铆as 27, 28 y 29 de octubre de 2015 ante la sospecha de posibles pr谩cticas anticompetitivas en este sector, consistentes en posibles acuerdos o pr谩cticas concertadas de fijaci贸n de precios u otras condiciones comerciales, un posible reparto de mercado, o intercambios de informaci贸n comercial sensible, llevadas a cabo en el territorio nacional.

 

Las inspecciones suponen un paso preliminar en el proceso de investigaci贸n de la supuesta conducta anticompetitiva y no prejuzgan el resultado de la investigaci贸n ni la culpabilidad de la entidades inspeccionadas.

 

En caso de que como resultado de la inspecci贸n se encontrasen indicios de pr谩cticas anticompetitivas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia, se proceder铆a a la incoaci贸n formal de un expediente sancionador. Los acuerdos entre competidores restrictivos de la competencia se consideran una infracci贸n muy grave de la legislaci贸n de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10% del volumen de negocios total de las empresas infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposici贸n de la multa.

 

La investigaci贸n de los c谩rteles constituye una de las prioridades de actuaci贸n de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y el correcto funcionamiento de los mercados.

 

Para ello se cuenta, entre otros, con el Programa de Clemencia, que permite a las empresas que forman parte de un c谩rtel beneficiarse de la exenci贸n del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detecci贸n. Fuente: CNMC