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La Audiencia Nacional absuelve a Ramoncín y a los otros tres exdirectivos acusados en el "Caso SGAE"


La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional ha comunicado el fallo a las partes por las que se absuelve a Ramoncín de los delitos por los que estaba imputado en el "Caso SGAE" y por los que la Fiscalía pedía una condena de cuatro años y diez meses de cárcel: un delito continuado de apropiación indebida y falsedad en documento mercantil, según ha recogido la Agencia Colpisa.

Hipèrtextual.- En la sentencia se ha absuelto también a otros de los acusados, José Luis Rodríguez Neri, Pablo Antonio Hernández Arroyo y Enrique Loras García por delitos de índole similar a los de Ramoncín. Sobre la absolución del cantante, sentencia hace hincapié en que no ha podido probarse la imputación mantenida por la fiscalía, y que la prueba practicada no era definitivamente concluyente y dejaba la puerta abierta a la duda razonable sobre la auténtica participación en los hechos de los acusados del "Caso SGAE".

A Ramoncín y a los otros tres exdirectivos de la SGAE se les acusaba de urdir una trama de emisión de facturas falsas con las que se apropiaron de forma indebida de 57.402 euros, hechos que remitidos a la sentencia de la Audiencia Nacional, ha quedado de manifiesto que no pueden imputarse a los acusados.