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Reclamaciones. Escrito para forzar a mi compañía a que instale mi fibra por la fachada del vecino

Reclamaciones. Escrito para forzar a mi compañía a que instale mi fibra por la fachada del vecino


Es bastante habitual que al solicitar fibra óptica para su domicilio, el usuario se encuentre que un vecino (ponga usted aquí el adjetivo descalificativo que considere oportuno) de un edificio o finca colindante con la suya ponga el grito en el cielo porque no quiere que le pasen cables por la propiedad o por la fachada.

Las compañías tienen derecho a tender las redes de fibra (o de cable coaxial) en el interior de los edificios que estén sujetos a la ley de propiedad horizontal (es decir, todos, excepto las casas unifamiliares) y también a pasar por fincas privadas (especialmente por fachadas y linderos) sus redes si tienen que dar servicio a otras fincas de alrededor.
 
            Se puede saber más sobre el tema leyendo el mensaje "Conceptos. Las compañías pueden tender redes en mi edificio sin necesidad de pedirme permiso", disponible en este mismo blog.
 
            En este mensaje se propone un escrito tipo para reclamarle a la compañía telefónica que ejerza su derecho a pasar por otra finca su red para dar servicio al usuario reclamante, aún cuando el propietario de una finca colindante a la del usuario se niegue a dejar pasar la red de alta velocidad correspondiente (cable o fibra), cumpliendo, eso sí los plazos reglamentarios para ello (comunicación al vecino en cuestión con al menos un mes de antelación.
 
            Saludos cordiales.
 
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Reclamación por no instalación por parte de .......... de un circuito de acceso en el domicilio de D......, alegando no tener permiso de dueño de finca colindante
Mediante el presente escrito, D/Dª ............., mayor de edad, con DNI nº ............ del que acompaña fotocopia por ambas caras a los solos fines de comprobación de su firma, y con domicilio a efectos de notificaciones en ...................., o alternativamente en el correo electrónico ...................,en su condición de titular de un abono al servicio telefónico de ............., con el número de abonado 9XX-XXX-XXX, comparece ante ..............., que es operadora autorizada para la prestación de servicios de telecomunicaciones, con CIF ..................y domicilio social en.......................... y como mejor convenga en dereccho: EXPONE
 
            1.- Que D................ contrató el día ..................con la compañía ..................un acceso de fibra para su domicilio asociado a un paquete comercial denominado .............
 
            2.- Que la citada compañía deniega la instalación de un circuito de fibra a D. ......., alegando no tener permisos de D.........., en su condición de ..........de la finca colindante sita en ..............., código posta ......... de ............provincia de ................
 
            3.- Que según dispone el artículo 45.4 (párrafo quinto) de la vigente ley 9/2014, las compañías de telecomunicaciones no tienen obligación  de pedir permiso a los dueños de fincas colindantes para tender sus redes de telecomunicaciones, cuando sea para dar servicio a otras adyacentes, bastando con comunicar con un plazo mínimo de un mes al propietario de la finca por donde deba pasar el circuito la fecha de comienzo de la instalación del circuito
 
            Literalmente, el artículo 45.4, párrafo quinto, dispone lo siguiente:
 
           ?El procedimiento del párrafo anterior no será aplicable al operador que se proponga instalar los tramos finales de red fija de comunicaciones electrónicas de acceso ultrarrápido y sus recursos asociados en un edificio o conjunto inmobiliario en el que otro operador haya iniciado o instalado tramos finales de dichas redes; o en aquellos casos en los que se trate de un tramo para dar continuidad a una instalación que sea necesaria para proporcionar acceso a dichas redes en edificios o fincas colindantes o cercanas y no exista otra alternativa económicamente eficiente y técnicamente viable, todo ello sin perjuicio de que, en todo caso, deba existir una comunicación previa mínima de un mes de antelación del operador a la comunidad de propietarios o al propietario junto con una descripción de la actuación que pretende realizar, antes de iniciar cualquier instalación. En todo caso, será necesario que el operador indique a la comunidad de propietarios o al propietario el día de inicio de la instalación.?
 
            NOTA IMPORTANTE:
 
            LOS PUNTOS 4 Y 5 SÓLO DEBEN PONERSE SI SE PRODUJO UNA PORTABILIDAD MAL HECHA (SEGÚN CORRESPONDA, O UNO U OTRO, NUNCA LOS 2, EN CASO CONTRARIO SE BORRARÁN)
 
            4.- Que la compañía .............., al haber pedido la portabilidad del número fijo del reclamante, y no haber instalado aún la fibra contratada por el reclamante, D.................., ha provocado que su antigua compañía ................... le cortara el servicio que le prestaba y, por tanto, se haya encontrado sin ningún tipo de servicios desde el día ................. y el día .............., quedando además en peligro el número telefónico 9XX-XXX-XXX, por la caducidad de un mes impuesta en la normativa vigente sobre portabilidad fija, en especial el artículo 44.4 del real decreto 2296/2004, por no realizarse completamente la portabilidad
 
            5.- Que la compañía, al no poder instalar el circuito de fibra, propuso al reclamante D.............la instalación de un circuito ADSL, como medida provisional hasta la instalación del circuito de fibra, consintiendo D................... en dicha solución, para evitar quedarse sin los servicios de ADSL y teléfono, pero siempre como medida provisional hasta la citada instalación, nunca como solución definitiva.
 
            Y como consecuencia de todo lo escrito en la presente parte expositiva, D...................., mediante el presente escrito,

SOLICITA

            1.- Que la compañía ..................... comunique a D....................., propietario de la finca ............ , a partir de la fecha de recepción del presente escrito que la compañía dará comienzo a las obras necesarias para la instalación del circuito de fibra que dará servicio al reclamante  D?? en el plazo de un mes, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 45.4 (párrafo quinto), cuyo literal se reproduce en el punto 3 de la parte expositiva del presente
 
            2.- Que terminado el plazo citado, la compañía proceda a instalar el circuito de fibra que D................... ha contratado con la compañía ..........................
 
            3.- Que en caso de no hacerlo, se considere nulo el contrato celebrado, por ser su objeto (disponer de un acceso por fibra óptica) imposible, y por tanto incierto, a la luz de lo dispuesto en el artículo 1261 del vigente código civil, siendo la causas torpe para la nulidad, de acuerdo con los artículos 1300 a 1314 del citado código civil por culpa de la compañía ......................, al no poder servir el circuito de fibra óptica por causas ajenas al reclamante, D.......
 
            NOTA IMPORTANTE:
 
            SOLO EN EL CASO DE QUE HAYAN HECHO LA PORTABILIDAD SE INCLUIRA EL PUNTO 4
 
            4.- Que una vez considerado nulo el contrato sobre el acceso de fibra óptica, se active el número telefónico portado, a fin de que el reclamante, D..................................pueda portarlo hacia la compañía que estime conveniente

                D. ______________ hace constar que si la presente reclamación no es atendida en el plazo máximo de un mes a satisfacción plena del solicitante, éste tendrá derecho a presentar reclamación ante la secretaría de estado de telecomunicaciones e instar la apertura de expediente sancionador por la vulneración de sus derechos, según lo dispuesto en el artículo 3.a) del real decreto 899/2009, que concede el derecho a los usuarios de tener una conexión a redes de telecomunicaciones, así como la vulneración del artículo 8 del real decreto 899/2009, pues en el contrato celebrado entre el reclamante y la compañía se establece expresamente que ésta instalará en el domicilio de aquel un acceso de fibra óptica, como parte esencial del contrato, independientemente del resto de servicios contratados y de la forma de facturación
?
     Dicha vulneración de derechos podría ser constitutiva de una falta leve o grave, a tenor de lo dispuesto en los artículos 77.37 (grave) y 78.11 (leve), sancionables con importes de hasta 50.000 ? la leve y de hasta 2.000.000 ? la grave

            Atentamente

 

 



D/Dª ....................

Reproducido del blog Reclamaciones de Telecomunicaciones......sin morir en el intento .