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La CNMC sanciona a Telef贸nica de Espa帽a, S.A.U con cinco millones de euros

La CNMC sanciona a Telef贸nica de Espa帽a, S.A.U con cinco millones de euros


La operadora incumpli贸 la Oferta de Acceso al Bucle de Abonado (OBA). Consider贸 sistem谩ticamente -en una proporci贸n elevada de casos-, como "falsas aver铆as" muchas incidencias de las l铆neas alquiladas a sus competidores. Esta pr谩ctica ha podido suponer p茅rdidas de millones de euros para otras compa帽铆as de telecomunicaciones y afectar a su imagen y credibilidad

La CNMC (Comisi贸n Nacional de los Mercados y la Competencia) ha impuesto una multa de cinco millones de euros a Telef贸nica de Espa帽a, S.A.U al considerarla responsable de una infracci贸n muy grave tipificada en el art铆culo 76.12 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, por haber incumplido el apartado 1.6.10 de la Oferta mayorista del Bucle de Acceso de Abonado (OBA) durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de octubre de 2015[i]. (SNC/DTSA/016/15/ TELEF脫NICA AVER脥AS OBA)

La Oferta de Acceso al Bucle de Abonado (OBA) establece las relaciones entre Telef贸nica y sus competidores cuando estos le alquilan las l铆neas (mayoristas) para ofrecer conexiones de banda ancha y tel茅fono a sus clientes. La OBA incluye, entre otros muchos aspectos, los precios del alquiler de esas l铆neas (bucles), los tiempos de suministro, la gesti贸n de aver铆as y sus penalizaciones, etc. 

Tras la instrucci贸n del expediente, la CNMC ha acreditado que Telef贸nica, durante el citado periodo, no se responsabiliz贸 de una gran proporci贸n de las aver铆as en las l铆neas de los clientes de otros operadores, considerando los trabajos que le solicitaban los operadores rivales como una "falsa aver铆a" y, en consecuencia, les aplic贸 unas penalizaciones mayoristas (26,12 euros/ l铆nea) por esas gestiones.

En este sentido, la imputaci贸n a Telef贸nica de una aver铆a por un operador alternativo puede acarrear en algunos supuestos su declaraci贸n por Telef贸nica como "falsa aver铆a" y conllevar el pago de dicha penalizaci贸n por parte del operador alternativo. Sin embargo, la figura de las "falsas aver铆as" se restringe a unos supuestos muy tasados. Se deben llevar a cabo unas tareas de comprobaci贸n determinadas e identificarse claramente la causa (est谩 prohibido imputarlas en algunos supuestos contemplados en la OBA) y deben documentarse correctamente frente al operador alternativo, condiciones que no se han cumplido en los casos analizados durante la instrucci贸n del expediente, tal y como se indica en la Resoluci贸n dictada por la CNMC.

 

La CNMC ha acreditado un alto porcentaje de aver铆as incorrectamente imputadas como "falsas" (entre el 53,8% y el 78,2% del total de falsas aver铆as identificadas por Telef贸nica estar铆an mal imputadas). Este hecho permite deducir que la problem谩tica asociada a la gesti贸n de falsas aver铆as est谩 muy expandida, y puede haber supuesto p茅rdidas para los operadores alternativos de varios millones de euros, adem谩s de afectar a la imagen y credibilidad de estas empresas frente a sus clientes.

 

La CNMC redujo las penalizaciones en 2013

 

La CNMC, en diciembre de 2013, vista la elevada conflictividad que presentaba la gesti贸n de estas incidencias por parte de Telef贸nica y los operadores alternativos, redujo de media un 75% las penalizaciones que aplica Telef贸nica a sus rivales por las ?falsas aver铆as?, hasta los 26,12 euros por l铆nea. (Ver nota de prensa y post en blog al respecto).

 

Finalmente, la CNMC ha impuesto a Telef贸nica una multa de cinco millones de euros y le considera responsable directo de la comisi贸n de una infracci贸n muy  grave tipificada en el art铆culo 76.12 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, por haber incumplido el apartado 1.6.10 de la Oferta del Bucle de Acceso al Bucle de Abonado, redactado de conformidad con la Resoluciones de la Comisi贸n del Mercado de las Telecomunicaciones de 14 de septiembre de 2006, 2 de abril de 2009 y 26 de septiembre de 2013, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 al 31 de octubre de 2015 (excluy茅ndose un periodo intermedio entre dichas fechas, como antes se se帽alaba).

La CNMC recuerda que, frente a esta Resoluci贸n, Telef贸nica de Espa帽a, S.A. podr谩 interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del d铆a siguiente al de su notificaci贸n.

 

(SNC/DTSA/016/15/ TELEF脫NICA AVER脥AS OBA)

[i] Se excluye un periodo intermedio entre estas fechas en el que Telef贸nica tuvo incidencias motivadas por una huelga de sus instaladores-.