Asociación de Internautas

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Facebook y Whatsapp vuelven a tropezar en la piedra de nuestra privacidad.


Por segunda vez en seis meses la Agencia Española de Protección de Datos ha multado con 300.000 euros a Facebook, en está ocasión, por tratar datos cedidos para sus propios fines sin haber obtenido un consentimiento válido por parte de los usuarios. La historia se repite. La Agencia también ha multado a Whatsapp con otros 300.000 euros porque sus prácticas no se ajustan a a lo exigido por la normativa española y europea de protección de datos. En definitiva nos encontramos ante un caso de reiteración en el manejo los datos de sus usuarios por parte de Facebook que deja en entredicho no solo la ridícula cuantía de la multa sino que sea una vez cada seis meses, aunque la Agencia justifique que la cuantía máxima correspondiente a las infracciones graves declaradas han sido.. " teniendo en cuenta factores como el volumen de tratamientos efectuados, el volumen de negocio de las infractoras o la vinculación de la actividad de estas con los tratamientos de datos de carácter personal, entre otros.?

Desde la Asociación de Internautas queremos hacer las siguientes consideraciones.

1.- Valoramos positivamente este fallo necesario con objeto de salvaguardar nuestra privacidad, aunque la cuantía aplicada todavía es muy es muy inferior a los 110 millones que impuso la Comisión Europea en el mes de mayo de 2017 a Facebook en relación a operaciones poco transparentes, no proporcionar información adecuada al organismo europeo cuando adquirió WhatsApp y la adquisición y tratamiento de datos del servicio de mensajería instantánea WhatsApp y las consecuencias que este hecho está teniendo sobre la privacidad de los ciudadanos conectados europeos.

2.- El nuevo fallo que ha anunciado hoy la AEPD, aunque importante por su efecto mediático y por ende en la llamada de atención de este hecho para los internautas españoles afectados, no tiene como consecuencia contraprestación económica alguna para los usuarios cuyos datos han sido tratados y comercializados sin su consentimiento, situación esta que convendría resolver legislativamente.

3.- Con este fallo se demuestra que es incierto que Internet sea gratis, los internautas españoles pagamos cada mes una de las facturas telefónicas más caras caras de Europa para acceder a Internet y que el uso de nuestros datos es de un valor económico que ponen en cuestión está afirmación.

4.- Confiamos que con la entrada en vigor del el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) que abre la posibilidad para que las asociaciones podamos denunciar de forma colectiva ante la Agencia estas y otras agresiones a la protección de nuestros datos. Podamos poner orden a esta situación de impunidad en el tratamiento de los datos personales de los internautas por parte de operadores, sitios web y plataformas digitales.

5.- Por último, insistimos en que la a privacidad y cómo gestionarla sigue siendo la asignatura pendiente del mundo de la Red. En el especial caso de los menores y, además de los dispositivos que la tecnología pueda ofrecer, para evitar que sean víctimas de la Red, debe insistirse en la "precaución" como escudo por excelencia: evitar que se muestren sin límites en Internet, que tengan en cuenta el alcance que puede tener cualquier tipo de información que sea insertada en Internet. Como precauciones generales, debe insistirse en la "educación". Pero la educación debe ser bidireccional, adultos y menores tienen la ocasión de confluir en Internet, los menores pueden enseñar a los adultos a manejar el hardware, genuinos expertos espontáneos, y los adultos pueden aplicar la experiencia sociovital en este punto de encuentro que es Internet.