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Asimelec y algunas empresas solicitarán la nulidad de la patente de lectores de tarjetas


CASO DE KALYSIS, SL. Tras el anuncio de una empresa de Málaga de que posee una patente sobre los lectores de tarjetas inteligentes, fundamentales para que los ciudadanos puedan utilizar en Red el fututo DNI electrónico, un grupo de empresas y la patronal Asimelec han anunciado que "interpondrán acciones legales para obtener la declaración judicial de nulidad de la patente nº P200101056 (PDF)".




ELMUNDO.ES MADRID.- Según pudo comprobar el Navegante, efectivamente existe una patente concedida a la empresa malagueña Kalysis Iberia SL sobre el "adaptador de tarjetas inteligentes a puerto estándar para dispositivos con conexión a Internet orientado a transacciones telemáticas", presentada en mayo de 2001 y concedida tres años después, a mediados de 2004.

No obstante, las empresas fabricantes de lectores de tarjetas reaccionaron enseguida al anuncio del gerente de dicha compañía, Diego Antona, quien anunció "una línea de defensa legal dura basada en demandas penales" frente a otros fabricantes de lectores de tarjetas en virtud de su patente.

En un texto, Asimelec y las empresas ACOTEC Smart Cards Solutions SL, Barcitronic SA, Bit4ID Ibérica SL, C3PO SL, Consulting y Seguridad Digital SL, y GyD Ibérica SA alegan que la citada patente "no tiene por objeto ninguna modificación o mejora que diferencie el nuevo lector de tarjetas inteligentes del resto de lectores existentes en el momento de solicitar dicha patente (mayo de 2001), sino que presenta como invención el producto en sí, con todas las características generales comunes a la gran mayoría de los lectores que se vienen fabricando desde hace muchos años".

Las empresas se quejaron en el mismo comunicado de que "es muy frecuente" que se conceda una patente en España "aún existiendo un informe del estado de la técnica negativo", y que la realización de un examen para comprobar la novedad de una patente depende de la vountad del solicitante.

En todo caso, recordaron que el art. 37.2 de la Ley de patentes establece que «la concesión de la patente se hará sin perjuicio de tercero y sin garantía del Estado en cuanto a la validez de la misma y a la utilidad del objeto sobre el que recae».

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