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Según el Abogado General Melchior Wathelet,

Introducir un enlace que reenvía a un sitio que ha publicado fotos sin autorización no constituye en sí una vulneración del derecho de autor


El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) Melchior Wathelet afirmó hoy que introducir un enlace que reenvía a un sitio que ha publicado fotos sin autorización no constituye en sí una vulneración del derecho de autor, informó hoy el alto tribunal con sede en Luxemburgo.




Efe Bruselas.- En una opinión, el abogado general afirma que a estos efectos no son pertinentes ni las motivaciones de la persona que introduce el enlace ni el hecho de que ésta supiera o debiera saber que no había sido autorizada la publicación de fotos en otros sitios.

En virtud de una directiva de la UE, todo acto de comunicación de una obra al público debe ser autorizado por el titular de los derechos de autor.

El abogado se pronuncia así sobre un caso que enfrenta a Sanoma, editor de la revista mensual Playboy, y GS Media, que explota el sitio de internet GeenStijl.

Sanoma encargó un reportaje fotográfico sobre Britt Dekker, que aparece habitualmente en programas televisivos en Holanda.

GS Media publicó anuncios y un enlace que reenviaba a los lectores a un sitio australiano en el que se proporcionaba acceso a las citadas fotos sin el consentimiento de Sanoma.

Pese a los requerimientos de Sanoma, GS Media se negó a eliminar el enlace en cuestión.

Cuando el sitio australiano eliminó las fotos a petición de Sanoma, GeenStijl publicó un nuevo anuncio que también contenía un enlace a otro sitio en el que podían verse las fotos.

Los internautas que visitaban el foro de GeenStijll añadieron posteriormente nuevos enlaces que reenviaban a otros sitios en los que se podían ver las fotografías.

El abogado general explica que el acto mediante el que se lleva a cabo la verdadera "puesta a disposición" al público del material es la intervención de la persona que efectuó la comunicación inicial.

Los enlaces introducidos en un sitio de Internet que reenvían a obras protegidas a las que puede accederse libremente en otro sitio no pueden calificarse de "acto de comunicación".

Ello es así porque la intervención del explotador del sitio que introduce el enlace -en este caso GS Media-, no es indispensable para poner las fotos en cuestión a disposición de los internautas, incluidos los que visiten el sitio GeenStijl.

El abogado general precisa no obstante que estas conclusiones se basan en la premisa de que las fotos en cuestión eran "libremente accesibles" en los sitios de terceros para el conjunto de los internautas.

http://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2016-04/cp160037es.pdf


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