Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


SYSTEM FAILLURE: Los dominios de tercer nivel en España, un gravísimo problema.


Ya estamos, lamentablemente, acostumbrados al fracaso de los dominios .es en España. Sus gestores afirman que los dominios.es son los mas seguros del mundo. Nadie puede usarlos sin cumplir con unos requisitos previos muy estrictos. Ante esta dificultad, junto a su elevado coste y lentitud, y viendo que el numero de dominios en España no crece de ninguna forma, se les ha ocurrido a nuestros gestores ofrecer dominios de tercer nivel más fáciles, en teoría, de conseguir.





Pero esta supuesta "facilidad" tiene un gravísimo problema: la "seguridad " que le atribuyen a los dominios de segundo nivel se queda en completa "inseguridad" en los de tercer nivel, llegando incluso más allá de la "inseguridad" que nuestros gestores atribuyen al resto de dominios genéricos del mundo. Los gestores van de un extremo al otro.

En realidad... ¿en qué se diferencia un dominio de segundo nivel de otro de tercer nivel?. Hablando en términos de requisitos para su concesión exactamente en nada. Es decir, que hay que cumplir los mismos requisitos para poder disponer de un dominio de segundo nivel que otro de tercer nivel. La única diferencia estriba simplemente en la verificación de los requisitos.

En un dominio de segundo nivel; PRIMERO se verifican que se cumplen para conceder el dominio. En los dominios de tercer nivel ocurre lo contrario, no se verifican a priori a, y tampoco si no es a instancias de parte. Esto significa que podemos solicitar -esa es la facilidad- cualquier nombre de dominio de tercer nivel que, en teoría, nos lo concederán, si previamente no estaba registrado (cuanto tiempo tarden es otra cuestión). Pero, si alguien pide que se VERIFIQUE ese dominio de tercer nivel, porque se siente perjudicado o simplemente por fastidiar al poseedor, se procede exactamente igual que en un dominio de segundo nivel. Si no cumple los requisitos... te lo quitan.

Veamos la normativa:

"Décimosexto. Verificación del cumplimiento de los requisitos aplicables a los nombres de dominio de tercer nivel asignados bajo los indicativos ".com.es", ".nom.es" y ".org.es".
1. Asignado un nombre de dominio de tercer nivel bajo los indicativos ".com.es", ".nom.es" u ".org.es", las personas o entidades que se sientan perjudicadas por dicha asignación podrán instar de la autoridad de asignación que proceda a la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados decimocuarto, decimoquinto 2, y decimoséptimo 2 y 3, a través del procedimiento y dentro de los plazos que establezca la autoridad de asignación en los términos previstos en la disposición adicional decimoctava de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
2. En este procedimiento deberá ser oído siempre el beneficiario del nombre de dominio.
3. La única pretensión que podrá ejercitarse en el procedimiento es la de la cancelación del nombre de dominio por incumplimiento de alguna de las condiciones generales a que está sometida su asignación de conformidad con lo dispuesto en los apartados decimocuarto, decimoquinto 2 y decimoséptimo 2 y 3, sin perjuicio del derecho de las partes a acudir a la jurisdicción competente."


Para aclarar este punto, pongamos el ejemplo del dominio de tercer nivel que recientemente adquirimos, a precio de oro, internautas.org.es. Nos lo han concedido, tras 12 días de espera, porque, en teoría y al ser de tercer nivel, no han verificado que cumpla sus restrictivas normas. Ahora bien, a nuestra organización le han denegado reiteradas veces el dominio de segundo nivel internautas.es por utilizar una palabra "genérica". Pues sí lo verifica Red.es va a comprobar que seguimos utilizando la misma palabra genérica que no podemos usar en un dominio de segundo nivel, por lo tanto... esta dentro de lo posible que nos lo quiten.

Resumiendo, En los casos en que el dominio de segundo nivel "histórico" fuese en contra de cualquier restricción (imaginemos por ejemplo una empresa que como dominio de segundo nivel no utiliza la denominación exacta de la empresa) aunque lo solicitaran y se lo concediesen... cualquiera podría, a posteriori, que lo cancelaran. ¿Y si un proyecto importante depende del dominio de tercer nivel que esa empresa creía que era suyo?.¿Y si ya hay inversiones realizadas?¿Quien es el responsable?.¿Quién indemnizara los gastos producidos?

El MCyT ha intentado promocionar los dominios de tercer nivel en el SIMO con el precio de 9 Euros para ver si así se incentivaba la compra. En La nota que enviaron a la prensa, hablaba de que podríamos, incluso, registrar nombres inventados ¿? (además lo comprobamos pre-solicitando varios, algunos curiosos). Nos vamos a encontrar que efectivamente, cualquiera podrá registrar el nombre que le de la gana y además se lo concederán simplemente porque NO SE VERIFICAN a priori. El problema vendrá después cuando alguien, el propio MCyT si le da la gana, podrá quitárselos a los propietarios porque esos nombres "inventados" no se ajustan a la normativa para registrar un nombre de dominio.

Conclusión:

El problema es muchisimo mas grande que los que cualquier dominio del mundo puede originar, y que es la argumentación del MCYT para hacer ¿"seguros"? los dominios españoles, ya que el solicitante, aunque haya obtenido el dominio deseado, no tiene ninguna garantía de poder mantenerlo. En estas condiciones ¿quien se puede atrever a solicitar y usar un dominio de tercer nivel?. Prácticamente nadie.

Asociación de Internautas


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