Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


JUASS, JUASS,JUASS, JUASS ........


Aunque este asunto es muy grave y maldita la gracia que hace .....Reproducimos , juass, en su totalidad el comunicado, juass, emitido por Red.es, que mañana comentaremos, juass, si se nos pasa este ataque de risa, juass,....





DESDE EL PASADO MES DE ABRIL,CUALQUIER CIUDADANO ESPAÑOL PUEDE RESERVAR SU NOMBRE Y APELLIDO COMO NOMBRE DE DOMINIO

Cualquier ciudadano español o extranjero que resida legalmente en España puede registrar desde el pasado 26 de abril de 2003 su nombre y el primer apellido como nombre de dominio de Internet ‘.es’.

· El 70% de los ciudadanos que han solicitado registrar su nombre como nombre de dominio de Internet han optado por la alternativa de nombre y primer apellido y solamente el 30% por el nombre y los dos apellidos.

· En la propia página del registro español de nombres www.nic.es se recoge desde abril de 2003 el dominio miguelgarcia.es como ejemplo de nombre que se puede registrar por las personas físicas.

· (MADRID, 28/01/04).- Tras el comunicado de la Asociación de Internautas (AI) en el que se acusa a la Entidad Pública Empresarial Red.es de haber incumplido las normas del Plan Nacional de Nombres de Dominio de Internet bajo ‘.es’ en la concesión del dominio ‘marianorajoy.es’, Red.es se ve en la obligación de puntualizar que:

No ha habido en absoluto trato de favor en la concesión de este dominio; el procedimiento seguido ha sido el mismo que para cualquier otro ciudadano que solicite este servicio, como muestra el hecho de que el 70% de los nombres de dominio .es registrados por ciudadanos desde el mes de abril en la modalidad de nombre y apellidos, ha sido registrado por los ciudadanos con el nombre y el primer apellido.

- Red.es interpreta la legislación vigente de forma no restrictiva, siempre haciendo una interpretación de la normativa lo más favorable posible para el internauta y en favor del desarrollo de la Sociedad de la Información en España.

- Resulta paradójico que una organización que representa a los internautas como es la Asociación de Internautas, ofrezca una interpretación restrictiva de la normativa que va en contra de los intereses de los propios internautas y por tanto en contra del desarrollo de la Sociedad de la Información.

- El Plan Nacional de Nombres de Dominio de Internet entró en vigor el pasado 26 de abril de 2003. La principal novedad del nuevo Plan consiste en la flexibilización de las normas de registro de nombres de dominio bajo el ‘.es’, con lo que se eliminan muchas restricciones y prohibiciones antes existentes. Además, se han creado nuevos dominios de tercer nivel ‘.com.es’, ‘.nom.es’, ‘.org.es’, en los que los usuarios pueden registrar cualquier nombre que esté disponible sin ninguna clase de verificación previa.

Una de las novedades del Plan ha sido permitir a las personas físicas registrar como nombre de dominio ‘.es’ su propio nombre, aspecto prohibido en la normativa anterior.

Así, el apartado octavo.3 letra a) del Plan Nacional de Nombres de Dominio de Internet bajo ‘.es’, aprobado por Orden CTE/622/2003, de 18 de Marzo, establece que las personas físicas españolas o extranjeras que residan legalmente en España podrán solicitar la asignación de un nombre de dominio constituido por su nombre y apellidos, tal como figuren en su DNI o tarjeta de residencia.

Desde la entrada en vigor del nuevo Plan, Red.es ha venido aplicando las normas recogidas en el mismo, realizando una interpretación de sus diferentes preceptos de una manera sistemática, uniforme y no discriminatoria.

Así, en el caso del registro de nombres de personas físicas, desde el inicio del nuevo Plan en abril de 2003 se ha venido admitiendo el registro de nombres de dominio que coincidan con el nombre de la persona solicitante, o al menos con uno de los nombres si es nombre compuesto, seguido tanto de los dos apellidos del solicitante, como seguido únicamente del primero, conforme figure en el DNI o tarjeta de residencia.

Con ello queda perfectamente garantizada la seguridad en cuanto a la coincidencia de los nombres de las personas con los nombres de dominio de Internet que registran, tal y como persigue la norma, y, por otra parte, se atiende a la demanda real de los ciudadanos y usuarios de Internet, que en muchos casos tienen nombres o apellidos compuestos, excesivamente largos para ser dominios de Internet, y que no los identifican en su entorno social o profesional.

Más del 70% de los dominios de Internet bajo el ‘.es’ registrados por personas físicas desde el pasado mes de abril de 2003 se han registrado bajo la modalidad de uno de los nombres y primer apellido del solicitante. A estos efectos, en el registro del nombre marianorajoy.es, asignado el 18 de septiembre de 2003, se han aplicado los mismos criterios y exigido los mismos requisitos que respecto de cualquier otra solicitud análoga.

Para más información

PRENSA / RED.ES / prensa@red.es / www.red.es


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