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No a la Ley Sinde-Wert

Intimidad y seguridad en la empresa son compatibles, según CC OO

El derecho a la intimidad está por encima del derecho que da la propiedad de los medios. Ésta es la tesis central de Paco González de la secretaría de Comunicación de la Federación de Servicios Financieros y Administrativos de Comisiones Obreras (COMFIA).

16-01-2003 - Ante el vacío legal, González defiende la negociación de protocolos de uso del correo en los convenios pero partiendo del principio de que los derechos del ciudadano no quedan mermados ni son renunciables por estar en una oficina.

"Hay que establecer dónde acaban los derechos de la empresa por razones de seguridad para que no contradigan los derechos de las personas. La legislación actual, cuando protege la intimidad, no discrimina ni especifica los medios, se da el mismo trato al teléfono que a una carta. ¿Qué diríamos si la empresa abre una carta postal sin conocimiento ni consentimiento del empleado a quien iba dirigida?"

"Las empresas se quejan de que intentamos ganar más derechos. No es cierto. Lo que intentamos es adecuar los derechos ya existentes a los nuevos medios", comenta González. CC OO defiende la aplicación analógica del Estatuto de los Trabajadores, que habla de las taquillas personales, al correo.

"El artículo 8 de la Convención Europea de los Derechos Humanos exige que las autoridades públicas respeten la vida privada de los ciudadanos. El artículo 18 de la Constitución protege el derecho a la intimidad personal y familiar. El artículo 197 del Código Penal castiga la interceptación de las comunicaciones y el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores plantea el derecho de los sindicatos a emitir informe previo sobre la implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo y la de ejercer una vigilancia en cumplimiento de las normas y pactos".

En el caso de registros personales, cuando son imprescindibles para porteger el patrimonio de la empresa, "han de hacerse ante un tercer testimonio, un representante legal de los trabajadores, o, en su ausencia, de otro trabajador de la empresa", recalca González

Reproducido de CiberPaís

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