La decisión supone un duro revés para la RIAA, ya que en las más de 5.400 denuncias interpuestas contra usuarios de las redes P2P sólo conoce la dirección de Internet (IP) de las conexiones, no los nombres o lugar de residencia de los usuarios. El único que sabe a quién pertenece una dirección IP es el proveedor de Internet.
La sentencia resuelve una disputa judicial iniciada por la RIAA en 2002, cuando solicitó al proveedor de acceso Verizon que identificara a uno de sus clientes que, presumiblemente, estaba intercambiando música a través de Internet. Verizon siempre se negó a cumplir con el requerimiento arguyendo el respeto por la privacidad de sus clientes.
España: Los usuarios de P2P no temen la nueva reforma del Código Penal.
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se espía una red P2P
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Ámbito
legal P2P (Por Pedro Tur, abogado y editor de
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en vigor en nuevo código penal (Por Antonio
Caravantes)
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José María Luque
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