Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


A pesar de las advertencias hechas por la CLI a la CMT


El cambio de compañía telefónica (sin perder el número) se sigue realizando con vulneración del derecho a la protección de datos de carácter personal. La CLI solicitó el año pasado una regulación más completa para este servicio




El sistema de preselección establecido por la Circular 1/2004 de la CMT, supuso una nueva forma de elección para el usuario, para que pudiese optar por una compañía telefónica distinta (de la que le gestiona el acceso al servicio de telefonía) para realizar sus llamadas. Este sistema simplifica su uso al no exigir marcar un código antes de cada llamada, y consentir la preasignación verbal.

La Comisión de Libertades e Informática (CLI) se dirigió por carta el pasado año a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) y al Instituto Nacional de Consumo (INC), solicitando que se reforzase la Circular 1/2004 en materia de protección de datos de carácter personal. Se pretendía que, en el marco de sus competencias normativas, dictase instrucciones dirigidas a los operadores que actúan en el sector de las telecomunicaciones, con carácter vinculante y complementario, para el respeto de la protección de datos de carácter personal. La CLI consideró además que la Agencia Española de Protección de Datos, debía conocer la situación, quien se pronunció como no competente para impugnar la Circular.

Un año después, las quejas de los consumidores se siguen produciendo por lo mismo, por los problemas ocasionados por la no identificación efectiva del usuario, y por la falta de información. Con estos criterios, se ha pronunciado igualmente la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC). En este sentido; una reciente encuesta de la Asociación de Internautas estima que el porcentaje de traspasos irregulares sobre el total de solicitudes se sitúa entre el 10% y el 30% de las mismas, es decir, entre 4000 y 12000 casos mes, causando consecuencias de distinta gravedad a los usuarios que van desde simples errores en sus datos administrativos hasta la incomunicación del usuario que no consta como cliente de ningún operador

Es evidente que la Circular de la CMT debió ser más explicita y concreta de manera que se garantizase, de forma clara y segura, los derechos del usuario. Así pues las inhibiciones de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y del Instituto Nacional del Consumo en esta materia siguen provocando serios problemas a los ciudadanos.

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