Tras la admisión del recurso por Tribunal Constitucional, se produce la suspensión del artículo cuatro de la también cuestionada ley de la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC), que era el que incluía este gravamen sobre los prestadores de servicios, con el que se pretendía compensar y fomentar el consumo de contenido audiovisual catalán.
Esta suspensión se ha producido tras a admitir el alto tribunal el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno, pues que según el ejecutivo lo que pretendía esta nueva norma es realizar una transferencia de los funcionarios desde la agencia estatal de hacienda hacia la catalana.
De momento, la suspensión es inmediata, pero aún queda por que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre el fondo del asunto.