Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


opinión ofelia tejerina

Dejad de tocarme la privacidad


El nuevo Reglamento europeo de Protección de Datos destaca que el tratamiento de datos debe estar concebido para servir a la humanidad.  La UE aplicará a los prestadores de servicios responsabilidades que solo exigía a las operadoras. No es buena idea priorizar soluciones de mera economía procesal por la falta de dinero.




Fruto de la actividad del razonamiento humano o de un algoritmo, qué fácil es hoy elaborar perfiles con el tratamiento de nuestros datos personales, obtener interesantes conclusiones, y hasta rendimientos económicos. La intimidad, el secreto de las comunicaciones y la protección de datos, cada vez más unidos y cada vez más caros en el mundo digital. ¿Puede la "e-Privacy" ordenar los factores implicados en el uso de la tecnología para "observar comportamientos"?

Hace unos días, tuve el honor de participar como ponente en el Congreso anual de ENATIC, junto a Inaki Vicuña (@vicuna), director del Centro de Documentación Judicial del CGPJ y ex director de la Agencia Vasca de Protección de Datos, y a Cecilia Álvarez, presidenta de la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP), bajo la atenta batuta del moderador, Leandro Nuñez (@leoplus), socio del Audens y secretario de ENATIC, quien hizo realmente acogedora la experiencia, y se lo agradezco, porque aun rodeada de amigos sabía que no resultaría fácil estar a la altura de las expectativas de anfitriones y asistentes de este nivel de especialización.

El tema de nuestra mesa redonda era "La privacidad", y quisimos ofrecer una visión amplia sobre las novedades más relevantes del Reglamento UE de Protección de Datos y del futuro Reglamento UE sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas, cuyo borrador fue publicado el pasado 10 de enero de 2017 por la Comisión Europea. Los cambios que se avecinan parecen positivos, siempre mejorables, pero positivos.

El Reglamento de Protección de Datos dice en su cuarto considerando que "el tratamiento de datos personales debe estar concebido para servir a la humanidad", y quise destacarlo. Sobre esta afirmación, y desde el punto de vista de los usuarios, remarqué lo importante que es todo esfuerzo del legislador por intentar generar confianza y suavizar la extendida percepción de que en el mundo digital el peligro es inevitable, y que con las colecciones de datos se registran nuestros comportamientos.

Esta norma gira en torno a la prevención de riesgos y la efectiva respuesta del responsable ante una crisis de filtración de datos, con el objeto de minimizar los daños para los afectados. Otros aspectos interesantes que subrayé en la sesión son: que invita a la utilización de información pseudonimizada; que considera "actividad doméstica" el uso de las redes sociales por particulares, contengan o no datos personales; que entiende que la portabilidad de datos se debe realizar de forma directa entre prestadores; que las fotografías pueden ser categorizadas como "datos biométricos" o "especiales" en el sentido del artículo 9; que el consentimiento del individuo debe ser un acto afirmativo claro e informado, para cada finalidad del tratamiento, y que el responsable deberá acreditar que así lo ha obtenido; que se impulsa una protección específica para los datos de los menores; que debe existir la opción real de percibir indemnizaciones efectivas ante una vulneración de nuestros derechos; o que estructura el ejercicio del famoso ?derecho al olvido?, con especial diligencia ante datos de los menores, o frente a conflictos entre la libertad de expresión y el derecho a la protección de datos. 

¿Y qué significa el futuro Reglamento de "e-Privacy"? Parece que la Comisión Europea quiere reglas más fuertes en la protección de la información privada de los europeos, y no sólo de los datos personales, sino de todo tipo de información confidencial que pueda alojarse en los dispositivos electrónicos (móvil, tablet, ordenador, etc.). Además, aplicará a los prestadores de servicios como WhatsApp, Facebook, Skype, etc., responsabilidades que hasta ahora sólo exigía a las operadoras de telefonía, ya que con su actividad monitorizan tanta o más información  privada que éstas. Por otra parte, extenderá la protección de las comunicaciones a los datos de tráfico o metadatos (hora de llamada, duración, geolocalización, etc.), por cuanto pueden mostrar ?un alto componente de privacidad?, algo que comparto totalmente.

Artículo de Ofelia Tejerina, abogada de la Asociación de Internautas, en Bez.es


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