Noticias - 04/Diciembre/00 |
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Los
trabajadores y los sindicatos podrán utilizar el correo electrónico e internet para
comunicarse El Senado aprueba la Moción presentada por Izquierda Unida NOTA DE PRENSA DE IZQUIERDA UNIDA (Madrid, 29 de noviembre)-. Manuel Cámara, Senador de IU, defendió una moción en el Senado por la que se instaba al Gobierno a que el correo electrónico e internet pudieran ser utilizados por los trabajadores y sus sindicatos, con garantía de inviolabilidad para comunicarse entre ellos. La moción aprobada, que incorpora diversas enmiendas transaccionales, fue aprobada por unanimidad en los siguientes términos: "El Senado insta al Gobierno a que, en el plazo más breve posible, estudie la forma de poner en marcha las medidas necesarias para considerar el correo electrónico e internet como instrumentos de comunicación e información de los trabajadores con sus representantes sindicales y viceversa, siempre que la actividad y características generales de las empresas lo permitan, facilitando el acceso de los trabajadores y sus representantes sindicales al correo electrónico e internet en la empresa, con garantía de inviolabilidad de las comunicaciones conforme al marco legal vigente." Cámara, manifestó su satisfacción al entender que "esta moción obliga al Gobierno a impedir que las empresas violen o impidan la información entre los trabajadores y sus sindicatos por el uso de las nuevas tecnologías de comunicación. El Estatuto de los Trabajadores ampara que los trabajadores y sindicatos puedan dentro de las empresas transmitirse información por medio de publicaciones o el tablón sindical. Es lógico que también puedan utilizarse las nuevas tecnologías, todo lo contrario que la interpretación sesgada de determinadas patronales". ------------------------------------------------------------------------ Los Portavoces de los Grupos Parlamentarios abajo firmantes, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 174, del Reglamento de la Cámara y de los Artículos 1º y 3º de la Norma supletoria de la Presidencia del Senado sobre tramitación de las Mociones, presenta la siguiente Propuesta de Modificación a la Moción Nº 662/000066 suscrita por el grupo Parlamentario Mixto [Manuel Cámara, José Cabrero, Senadores de IU]. "El Senado insta al Gobierno a que, en el plazo más breve posible, estudie la forma de poner en marcha las medidas necesarias para considerar el correo electrónico e internet como instrumentos de comunicación e información de los trabajadores con sus representantes sindicales y viceversa, siempre que la actividad y características generales de las empresas lo permitan, facilitando el acceso de los trabajadores y sus representantes sindicales al correo electrónico e internet en la empresa, con garantía de inviolabilidad de las comunicaciones conforme al marco legal vigente." Grupo Popular, GP Socialista,GP ENTESA, GP CATALÁN, GP NACIONALISTAS VASCOS, GPCC, G.P. MIXTO (IU) MOCIONES -DEL
GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A QUE PONGA EN MARCHA LAS
MEDIDAS NECESARIAS PARA CONSIDERAR EL CORREO ELECTRÓNICO E INTERNET COMO INSTRUMENTOS DE
COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y DE LOS SINDICATOS EN EL SENO DE LA
EMPRESA. (662/000066) -DEL
GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO PARA QUE, EN EL PLAZO DE
TRES MESES, PRESENTE ANTE EL SENADO UN CONJUNTO DE MEDIDAS PARA GARANTIZAR DE MANERA
EFECTIVA LA INTIMIDAD Y LIBERTAD DE LAS COMUNICACIONES A TRAVÉS DEL CORREO ELECTRÓNICO.
(662/000072)
La señora
PRESIDENTA: Siguiente punto del orden del día: Mociones.
Moción del Grupo Parlamentario Mixto por la que se insta al Gobierno a que ponga
en marcha las medidas necesarias para considerar el correo electrónico e Internet como
instrumentos de comunicación e información de los trabajadores y de los sindicatos en el
seno de la empresa.
Por acuerdo de la Junta de Portavoces, esta moción que se va a defender en primer
lugar va a tener un turno de portavoces conjunto con la presentada por el Grupo
Parlamentario Socialista por la que se insta al Gobierno para que, en el plazo de tres
meses, presente ante el Senado un conjunto de medidas para garantizar de manera efectiva
la intimidad y la libertad de las comunicaciones a través del correo electrónico.
A estas mociones se han presentado cuatro enmiendas: por el Grupo Parlamentario
Mixto, una; por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado, una que afecta a las dos
mociones, y por el Grupo Parlamentario de la Entesa Catalana de Progrés, con idéntico
contenido, una a cada una de las mociones.
Para la defensa de la moción, en nombre del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la
palabra el Senador Cámara.
El señor CÁMARA FERNÁNDEZ: Gracias, señora Presidenta.
Señorías, la incorporación de todos los sectores de nuestra sociedad a las
nuevas tecnologías que están apareciendo en los últimos tiempos es uno de los
principales retos a los que nuestro actual Gobierno debe de enfrentarse. Últimamente
hemos venido trabajando en políticas que afectan a los derechos de los consumidores, a la
adopción de medidas que doten de mayor seguridad al mundo virtual, a los dominios .es,
a los derechos de autor, a la protección de los menores, al acceso de las escuelas a
Internet, a las infraestructuras en materia de telecomunicaciones, a la enseñanza y a
mejoras fiscales en la adquisición de equipos informáticos y un largo etcétera.
Los efectos de los últimos avances en telecomunicaciones e informática no deben
suponer únicamente mejoras en los resultados de unos pocos agentes sociales. Del mismo
modo que nuestro actual sistema tributario está diseñado para redistribuir la renta de
manera más equitativa, es necesario crear políticas que permitan a todas las personas
físicas o jurídicas disfrutar de los beneficios y de las oportunidades que nos brinda el
desarrollo de las nuevas tecnologías.
Este discurso, señorías, corresponde al Partido Popular en el debate sobre la
proposición no de ley sobre potenciación del uso de las nuevas tecnologías y,
especialmente, del comercio electrónico en las empresas españolas. Se entiende que es un
discurso del Partido Popular porque yo nunca hubiese dicho que el sistema tributario está
diseñado actualmente para una mejor redistribución de la renta de manera más
equitativa. Por lo tanto, es un discurso del Partido Popular recientemente planteado en el
Congreso de los Diputados.
En esta proposición no de ley se contestó a una enmienda de Izquierda Unida
diciendo que no parecía lo más adecuado modificar el Estatuto de los Trabajadores, sino
que sólo se instaba a través de una enmienda. Con esta moción yo quiero, directamente y
no a través de ninguna enmienda, instar al Gobierno a que modifique la legislación para
hacer posible el uso de las nuevas tecnologías también en el mundo laboral desde las
relaciones sindicales en los ámbitos de actuación que le son propios.
Efectivamente, hoy nadie duda de que las nuevas tecnologías de la información han
producido cambios muy importantes en las formas de trabajo, en la organización del mismo
y en las costumbres y prácticas sociales, alumbrando en este final y principio de siglo
la sociedad de la información y la llamada nueva economía. Estas nuevas posibilidades que dan las
tecnologías avanzadas son, en principio, una gran oportunidad para el desarrollo de las
personas y de la sociedad, pero también conllevan muchos riesgos si ese poder inmenso no
es equitativo, haciendo jugar al conjunto de la sociedad su papel compensador en el libre
ejercicio de sus derechos y sus libertades públicas y privadas.
Internet, señorías, simboliza esta nueva situación, tan revolucionaria como la
escritura y la imprenta. La red ha elevado las posibilidades de información y
comunicación a niveles tan importantes como conocidos pero, desde luego, insospechados
hace muy poco tiempo. El bienestar de los ciudadanos, con sus derechos inherentes, no
tiene que ser el principal beneficiario de esta revolución a la que estamos asistiendo,
como tampoco se entendería que se pudiera reducir exclusivamente al ámbito comercial y
empresarial, por importante que éste sea.
Los bancos y cajas de ahorro, compañías de seguros, de informática, de
telemarketing, etcétera, así como otras que están generalizando el uso de las nuevas
tecnologías, se encuentran en el epicentro del nuevo mundo de los servicios y de las
comunicaciones. El auge en la aplicación de estas herramientas ha determinado una
transformación radical en las formas de trabajo y los medios de comunicación que se
utilizan en las empresas, sobre todo en los sectores antes mencionados. Los trabajadores
de estas empresas han pasado, en muy poco tiempo, de utilizar el bolígrafo a utilizar el
ordenador y de comunicarse mediante soporte de papel o el teléfono a utilizar el correo
electrónico. En muchos casos, como es lógico, se ha debido a la iniciativa de los
empresarios, y como ejemplo baste citar el caso de un grupo bancario -puntero en la
implantación de las nuevas tecnologías- que viene llevando a cabo una campaña interna
para reducir gastos generales proponiendo a todos los empleados, y leo textualmente una de
sus circulares: utilizar el correo electrónico tanto interna como externamente y emplear
la menor cantidad posible de fotocopias y papeles. Por tanto, son muy numerosas las
indicaciones dirigidas a fomentar la utilización del correo electrónico como única
herramienta de comunicación, entre otras razones, para abaratar costes en las empresas.
Señorías, cada vez es mayor el número de trabajadores en nuestras empresas que
producen y gestionan información a través de la red y, paradójicamente, en muchos casos
se impide el ejercicio de la información sindical a través de Internet. ¿Es eso
democracia o no lo es? Un viejo sindicalista decía hace algunos años -y creo que hoy
podría seguir diciendo lo mismo- que la democracia no ha entrado en las empresas porque
hablamos de todo menos de los derechos de los trabajadores, y yo aquí quiero expresar los
derechos de los trabajadores.
Como decía, es paradójico que en estos casos se impida el ejercicio de la
información sindical a través de Internet y, tal como dice el texto de la moción,
quiero resaltar que quienes practican este ejercicio tienen una doble moral: por una
parte, resaltan las excelencias de esta nueva sociedad de la información; y, por otra,
restringen el uso democrático de las nuevas tecnologías. Aquellos que practican esa
doble moral violan derechos y libertades de carácter sindical expresadas en nuestra
legislación. Por tanto, es preciso adaptar la legislación laboral a la realidad.
Tal como dice textualmente una dirigente sindical de banca, María Jesús Paredes:
con las nuevas herramientas electrónicas e Internet se pueden ejercitar derechos
sindicales como el de reunión, información, tablón de anuncios o local sindical, bien
mediante un sitio en la página web o en el correo electrónico.
Hoy, nuestra legislación contempla todos estos derechos. Sólo hay que adaptarlos,
sin quitar ninguno, a la situación de empresas y sectores que la lógica del desarrollo
de las nuevas tecnologías hacen imprescindible, si no se quieren limitar esas libertades
y esos derechos que decimos defender.
El derecho de los representantes unitarios y sindicales, así como el de los
trabajadores de esta relación laboral a la libre comunicación y expresión que se hace a
través de un tablón de anuncios o por cualquier otro medio de difusión corresponde a un
derecho, insisto, de carácter constitucional que, junto con los demás derechos
fundamentales, goza de una especial protección mediante la Ley 62/1978, de Protección
Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona y, desde luego, corresponde a
la vez a todo el espíritu de las leyes laborales y sindicales y a nuestra propia
Constitución.
Pues bien, como afirma la moción, somos conscientes de que, lejos de ser éste un
conflicto reducido al ámbito sindical, está en juego finalmente la libertad. Por ello,
desde Izquierda Unida apostamos por desarrollar el potencial democrático de Internet;
potenciar el carácter democrático que pueda tener para que contribuya a consolidar la
sociedad civil y la acción conjunta con todas aquellas fuerzas sociales interesadas en
profundizar en la democracia en la red.
Señorías, no existen derechos si no se pueden ejercitar; los trabajadores y sus
sindicatos exigen poder utilizar las nuevas tecnologías de la información para acceder a
bienes tan preciados como son la información y la comunicación, sin los cuales no se
puede ejercitar la defensa de los legítimos intereses de los trabajadores.
Por ello presentamos la siguiente moción, que consta de algunos puntos: el derecho
de cada trabajador a un buzón personal de correo electrónico en la empresa, y no me
asustan en absoluto noticias de sentencias de actualidad porque existen otras sentencias,
existen legislaciones y países que legislan, como Francia o Estados Unidos, para garantizar una cosa y otra, unos derechos, el control de los mismos y esas libertades si
afectan a los derechos de otros casos; el derecho de los sindicatos a comunicarse con los
trabajadores a través de un buzón sindical de libre acceso en las empresas; libre acceso
de los representantes sindicales al correo electrónico de Internet en las empresas para
el desarrollo de su actividad sindical; libre acceso de los trabajadores al correo
electrónico y a las páginas sindicales de Internet para obtener información laboral en
la empresa y que las empresas respeten la inviabilidad de las comunicaciones a través de
Internet.
Señorías, esta es una moción para profundizar en la democracia a través de la
red y garantizar derechos y libertades de los trabajadores, así como de sus sindicatos.
No se entendería en absoluto mucha pantalla de democracia para cualquier sector menos
para los sindicatos y que los trabajadores en su comunicación, en sus problemas laborales
tengan que utilizar, por ejemplo en un banco,
el tablón de anuncios, el local sindical, u otros sistemas de comunicación, que en ese
caso lo hacen imposible, porque ya las herramientas que se utilizan en un porcentaje muy
importante son precisamente las nuevas tecnologías de la comunicación.
Por tanto, a eso nos referimos, y no a otra cosa. Y después el legislador y las
relaciones entre las empresas y los trabajadores deben intentar controlar que ese derecho
no sirva para abusos que pueden existir individualmente.
Termino, señorías, un trabajador que cumple con su trabajo, con su horario, con
su cometido profesional debe tener ese derecho al acceso, y sus sindicatos derecho para
informar e informarse mutuamente. Por tanto, insisto, es un objetivo que de una u otra
forma un día se conseguirá, e insto al Gobierno para que tenga en cuenta esa
sensibilidad que dice tener cuando habla de diálogo social, para que exista un diálogo también a través de
la red con los trabajadores de este país.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, Senador Cámara.
Para la defensa de la moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista,
tiene la palabra el Senador Lavilla.
El señor LAVILLA MARTÍNEZ: Muchas gracias, señora Presidenta.
Señorías, la iniciativa que hoy presenta el Grupo Socialista en el Senado no
puede tener más actualidad y ser de mayor profundidad en el debate abierto de cómo
garantizar nuestra intimidad como apoyo en el que descansa
la libertad de nuestras comunicaciones y la democracia. Nuestra propuesta abarca la
defensa sin matices de nuestra intimidad en las comunicaciones telemáticas, tanto en el
ámbito privado como en el laboral, como un bien básico, constitucional, en el que se
apoya nuestra libertad.
El debate no sólo está abierto en España, sino que también lo está en los
países europeos y a nivel mundial. Hoy puede ser un día importante para el Senado en la
defensa de esta libertad a través de la red de Internet, cuyos soportes más importantes
están en la defensa del derecho a la intimidad, la seguridad y el respeto a los demás.
Garantizar con nuestra Constitución y nuestras leyes el derecho a la inviolabilidad en
nuestros correos requiere un debate mucho más profundo y tiene un ámbito diferenciado al
adecuado o inadecuado uso que un trabajador realiza con los bienes propiedad de la
empresa, como demostraré más tarde. La responsabilidad de esta Cámara en la defensa de
la intimidad y la libertad está sometida a examen y va a fijar el grado de compromiso que
cada grupo político tiene en la defensa de las libertades a través de la red. Porque,
señorías, por los medios de comunicación, por ejemplo, conocemos que el FBI y la CIA
nos pueden grabar mensajes y conversaciones, para lo que hasta la fecha no se precisa
autorización judicial.
En Estados Unidos, los mensajes de correo electrónico desplazan al correo postal y se han convertido en el medio
de comunicación preferido por millones de personas, que han abandonado sus cartas e,
incluso, hasta el teléfono. Si el correo electrónico sustituye al teléfono y a las
cartas, señorías, ¿no debe tener este correo electrónico las mismas garantías y
protección que el correo postal y las conversaciones telefónicas? Sí. Lo tiene claro el
Centro de Información sobre la Intimidad Electrónica, EPIC, en Estados Unidos. Ya había
acusado al FBI de quebrantar la Ley y de no responder a la solicitud de que informara con
precisión sobre el sistema de rastreo y supervisión de la información en los correos
particulares de los ciudadanos.
En el Reino Unido se pretende una ley que permita a los empresarios supervisar el
correo electrónico de los trabajadores, aunque, según las últimas noticias, se está
dando marcha atrás y los matices son tan considerables que nada tienen que ver con las
primeras informaciones. Sin embargo, en Francia, en el polo opuesto, el Tribunal
Correccional de París condenó a tres altos cargos de la Escuela Superior de Física y
Química Industrial de París por violación del secreto de correspondencia electrónica
al interceptar mensajes recibidos o enviados por un estudiante. Sobre las sospechas han
pesado más la garantía constitucional del derecho
a la intimidad y la privacidad en las comunicaciones telemáticas que el contenido que
había en esos mensajes.
En España también se polarizan las diversas posiciones que acabamos de conocer a
nivel internacional. Por ejemplo, el gerente de una empresa en Sabadell ha sido condenado
por haber interceptado y grabado las conversaciones privadas telefónicas de dos de sus
empleados, según sentencia del juzgado de lo Penal número 2 de Sabadell. Por otro lado,
conocíamos ayer mismo que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una
sentencia, que hoy es actualidad, sobre el despido procedente de un empleado de un banco
que envió 140 correos electrónicos personales en horario laboral.
En Estados Unidos, las asociaciones ciudadanas en defensa de los derechos civiles y
el propio Congreso están en una posición beligerante en la defensa de la privacidad y la
intimidad. La pregunta que hoy podemos hacernos en esta Cámara, señorías, es la
siguiente: ¿Es legítimo y constitucional invadir la intimidad de una persona en el
ámbito privado o laboral? Señorías, la respuesta es no, con nuestra Constitución y con
nuestro ordenamiento jurídico. Y esto debe quedar claro. Nadie, nadie, salvo con mandato
judicial, tiene derecho a husmear, espiar, mirar, entrar en nuestra intimidad a través de
un correo personal. Y este principio constitucional debe ser defendido a ultranza por los
parlamentarios, que hemos prometido defender los derechos constitucionales.
Otro debate situado a otro nivel es
si una empresa deja o no usar el correo electrónico, y el acceso a Internet que permite,
así como las páginas y lugares que tolera para
que sean visitados. Pondré un ejemplo que creo que aclara las cosas: un trabajador, sin
tener motivos laborales para ello, se pasa por ejemplo dos horas al día hablando con
Nueva York con un amigo. Estas llamadas personales producen gasto a la empresa, ésta
puede y debe penalizar estas llamadas no autorizadas y penalizar también al trabajador
por el uso indebido del teléfono, pero lo que la empresa no puede, de ninguna manera, sin
mandato judicial, es grabar y escuchar las conversaciones privadas que mantiene con su
amigo. Este es el debate que en parte está sobre la mesa.
Lo mismo sucede con el correo electrónico. Una empresa puede limitar o no
autorizar el uso del correo electrónico, y si algún trabajador no cumple con la norma
previamente anunciada podrá pedirle las responsabilidades precisas por el uso inadecuado
del correo electrónico, como con cualquier otro bien de la empresa, pero nunca podrá
mirar y entrar en el contenido de sus correos electrónicos.
Hoy en día existen mecanismos técnicos para poder saber cuántos correos
electrónicos se envían, los asuntos que figuran, a quién van dirigidos y, de la misma
forma que en una llamada telefónica, figura el nombre al que llamamos y el tiempo que
dura la llamada, es decir puede haber control sin necesidad de que haya supervisión y
vulnerar el derecho a la intimidad de los correos. Este
control lo puede ejercer una empresa sin
necesidad de supervisar el contenido de su correo electrónico, de la misma forma que
puede poner filtros para que sus trabajadores no entren en determinadas páginas de
Internet, o puede saber, sin vulnerar el contenido de las comunicaciones, qué tipo de
páginas se están visitando y si estas páginas tienen o no que ver con el trabajo de la
empresa. Si hay medios técnicos que garantizan esto, lo que no podemos tolerar ni
permitir, por acción o por omisión, es que sea práctica habitual controlar el correo
electrónico de nadie.
Nuestro ordenamiento jurídico es
garantista en este sentido, pero hacen falta un conjunto de medidas prácticas para que
este derecho a la intimidad, tanto en el ámbito privado como laboral, sea real y
efectivo, tal como nos mandata a todos el artículo 9.3 de nuestra Constitución. Los
casos en los que se puede grabar una conversación telefónica están determinados, y no
pueden ser distintos a la comunicación por correo electrónico. La intimidad es un
derecho constitucional del individuo, que en materia de comunicaciones ha venido ligada a
los medios tradicionales: el correo postal, el certificado, apartados de correos,
comunicaciones telefónicas, etcétera.
El debate se abre ahora porque el avance de las nuevas tecnologías abre nuevas
posibilidades de comunicación que deben contar con las mismas garantías
constitucionales, puesto que se utilizan y apoyan en los mismos derechos para los mismos
fines. Ahora están amenazadas desde una doble perspectiva la vigilancia no autorizada en
el mundo laboral, y la vigilancia no autorizada en los correos particulares de organismos
y entes con la finalidad de obtener datos personales. No hay que olvidar que según una
encuesta de una consultora, el 87 por ciento de la población española que, conociendo la
existencia de Internet no lo utiliza, se debe a la desconfianza en los sistemas de
seguridad para garantizar su privacidad y sus propios equipos informáticos.
La legislación en estos casos es abundante y precisa, pero es necesaria, y lo que se solicita con nuestra moción es impulsar
un conjunto de medidas para que se cumplan, y los ciudadanos puedan navegar libremente y con confianza por la red, sin miedo a ser
vigilados o a que sus datos vayan a parar a ficheros no autorizados que pudieran
utilizarse para muy variados fines: comerciales, suplantación de la personalidad del
usuario con mensajes ofensivos que se remiten en su nombre, marketing personalizado, virus
informáticos, como todo lo nuevo que nace ante las nuevas perspectivas y posibilidades.
Desde el ámbito privado hay que confiar en estas nuevas tecnologías, pero desde el
ámbito parlamentario debemos adoptar las medidas para que el uso de estas tecnologías se
haga en las mejores condiciones de seguridad.
La inviolabilidad del correo ya queda regulada en nuestra legislación, por lo que
no es preciso nuevas leyes, señorías, sino medidas prácticas, que es lo que se le pide
al Gobierno para garantizar lo que en ella se dice. La Constitución española, en el
artículo 18, protege la intimidad, el honor y la propia imagen y garantiza el secreto de
las comunicaciones. También el artículo 53 hace referencia a ello. Nuestro Código Penal
impone multas de entre uno y cuatro años de prisión por vulnerar la intimidad de una
persona en sus comunicaciones electrónicas. El Estatuto de los Trabajadores también es
garantista en esta materia. Es decir, tenemos suficiente legislación que garantiza el
derecho a la intimidad, lo que se necesitan son medidas prácticas para que el
cumplimiento de estos derechos sea efectivo.
El debate y el calado del mismo es tan apasionante como fundamental para la defensa
de nuestras libertades, y, desde el Grupo Parlamentario Socialista, entendemos que el
equilibrio entre la libertad personal y la supervisión policial de determinados mensajes
está ya regulada en nuestro sistema legal. Internet, como hemos defendido siempre en esta
Cámara, no es una invención de la realidad, sino que es parte de la misma. Hoy en día
nuestras leyes dan respuesta a la mayor parte de los interrogantes y, por ello, lo que se
pretende con nuestra moción es que se cumplan las leyes existentes. Hoy es posible
obtener permiso para grabar una conversación telefónica, pero el ciudadano de este país
tiene todo el derecho del mundo a que se realice con las adecuadas garantías. De otra
manera, todos somos susceptibles de ser vigilados y espiados. Sin garantías, ¿dónde
está el límite?
La moción que nuestro Grupo propone no plantea la elaboración de nueva
legislación. Nos parece suficiente la que existe, pero pedimos un conjunto de medidas
prácticas para que nuestro derecho a la intimidad y a la seguridad en nuestras
comunicaciones telemáticas se vea aplicado en la práctica. En este sentido, nuestra
moción se ve enriquecida con la presentada por el Grupo Parlamentario Entesa Catalana de
Progrés, y por eso ya adelanto la aceptación de la misma.
Señorías, para este conjunto de medidas prácticas que garantice el derecho a la
intimidad y la libertad en la red, pedimos su voto en el día de hoy. Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, Senador Lavilla.
Terminado el turno de presentación de las mociones, procede pasar a la defensa de
las enmiendas.
En primer lugar, para la defensa de la enmienda presentada por el Grupo
Parlamentario Socialista, tiene la palabra el Senador Alonso.
El señor ALONSO GARCÍA: Muchas gracias, señora Presidenta.
Señorías, el pasado 10 de octubre tuvimos ocasión de debatir en esta Cámara la
incidencia que las nuevas tecnologías, tanto de la comunicación como de la información,
tenían en la organización del trabajo y en la aparición de un nuevo colectivo de
trabajadores y trabajadoras que se denominan teletrabajadores o teletrabajadoras.
En el día de hoy no vamos a debatir el marco de relación laboral o industrial de
los teletrabajadores y teletrabajadoras, pero sí vamos a discutir sobre dos cuestiones
diferentes con variables muy distintas. La primera es asociar las posibilidades que las
nuevas tecnologías procuran a los derechos de los trabajadores y de las trabajadoras, y
la segunda es preservar la inviolabilidad de las comunicaciones en su conjunto.
En cuanto a la primera, quiero dejar constancia de los puntos que defendemos. El
primero es el derecho de cada trabajador y trabajadora a informarse e interrelacionarse
con la organización sindical a la que pertenece. El segundo es el derecho de las
organizaciones sindicales más representativas -y este término es importante, habida
cuenta de que en mi Comunidad Autónoma concurren a las elecciones sindicales 104
sindicatos- a comunicarse con sus afiliados y afiliadas y con sus representados y sus
representadas. El tercero es el acceso de los representantes a las posibilidades que las
nuevas tecnologías brindan en materia de comunicaciones a la hora de establecer relación
con la organización sindical a la que pertenecen. Y cuarto, el acceso de los trabajadores
y trabajadoras a las consultas que en esta materia les son propias. Ahora bien, si este
derecho lo llegásemos a reclamar individualmente para el conjunto de los trabajadores y
trabajadoras de este país, quizás alguien pudiera interpretar que nos asiste algún tipo
de participación en las empresas que se dedican a brindar este tipo de servicios. De
ahí, que planteemos y canalicemos el derecho de los trabajadores, de las trabajadoras y
de los sindicatos más representativos a que éste se realice por los cauces que a
continuación relacionamos: primero, por los medios que les son propios; es decir, que los
trabajadores y las trabajadoras utilicen las cuentas de correo electrónico que posee la
sección sindical a la que pertenece. En segunda instancia, por los medios que disponen
sus legítimos representantes, además de los ya establecidos; es decir, que utilicen los
códigos de cuenta de correo electrónico que disponga el miembro o los miembros del
comité de empresa o los delegados de personal. Y, en última instancia, puesto que hay un
colectivo importantísimo de trabajadores y trabajadoras en este país que no tienen
ningún tipo de representación, o sea, aquellos colectivos que pertenecen a la empresa de
seis o menos trabajadores, que también les asista el derecho por los mecanismos que tenga
a bien regular el convenio colectivo de cada sector.
Por tanto, tengamos en cuenta a este colectivo importante al que me estoy
refiriendo, e instemos a las organizaciones sindicales y empresariales a que regulen el
marco para que dicho colectivo pueda acceder a este tipo de información a través de lo
que se regule en el convenio colectivo.
En lo referido a la protección de datos o inviolabilidad de las comunicaciones,
entendemos que ésta no debe de circunscribirse sólo y exclusivamente al ámbito de lo
laboral, necesariamente tiene que ser una cuestión mucho más amplia, que afecte no
solamente a la vida laboral, sino también a cualquier marco de relación civil del
conjunto de la ciudadanía. De ahí que, nosotros sugerimos o solicitamos que se apoye la
moción del Senador Lavilla, del Grupo Parlamentario Socialista, porque entendemos que de
forma más genérica y más amplia regula este marco de inviolabilidad de las
comunicaciones y también afecta, como no podía ser de otra manera, tanto al marco de
relación laboral como al marco de relación civil.
Señorías, esperamos que apoyen la enmienda que les presentamos y también,
refiriéndome a la moción de la inviolabilidad de los datos o de las comunicaciones
propiamente dichas, apoyen la moción que el Grupo Parlamentario Socialista y, en
concreto, el Senador Lavilla han defendido en
esta Cámara.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señoría.
Corresponde ahora el turno de defensa de enmiendas al Grupo Parlamentario Popular
en el Senado. En su nombre tiene la palabra la Senadora Coloma.
La señora COLOMA PESQUERA: Muchas gracias, señora Presidenta.
Señorías, subo a la tribuna para defender la enmienda que el Grupo Parlamentario
Popular presenta a las mociones, tanto del Grupo Parlamentario Socialista como del Grupo
Parlamentario Mixto. Estamos de acuerdo en el espíritu de la moción, pero desde el Grupo
Parlamentario Popular pensamos que se debe hacer de otra forma, ya que tenemos que
diferenciar lo que es el ámbito laboral y el ámbito privado, y siempre respetando la
legislación vigente.
Si queremos que la sociedad española mantenga y eleve el nivel de bienestar
alcanzado y pueda obtener objetivos más ambiciosos, resulta imprescindible aumentar el
ritmo de penetración de las nuevas tecnologías de la información y las
telecomunicaciones en todos los ámbitos de la vida y, fundamentalmente, los que hacen
referencia al hogar y a las empresas.
Sólo así podemos
conseguir los incrementos de productividad necesarios
para el sostenimiento de la economía española en el ámbito de los Estados más
desarrollados.
Cada vez son más demandadas por parte de todos, empresas, trabajadores,
instituciones, usuarios, unas mejores posibilidades de comunicación para acceder a lo que
se ha venido llamando la sociedad de la información: Internet, como pieza clave, en torno
a la que giran las nuevas tecnologías. Una de las grandes ventajas de Internet es su
facilidad para poner en contacto a las personas a través del correo electrónico, de los chat
o de los sistemas de mensajería instantánea.
Internet es el vehículo perfecto para poner en contacto a las personas que
comparten intereses comunes. Así, Internet se configura como el lugar por excelencia en
el que todos vamos a encontrar información sobre personas que desarrollan trabajos
similares o relacionados con lo nuestro, pudiendo de esta manera enriquecer nuestra
experiencia en el trabajo. El mundo está cambiando. Estamos inmersos en una revolución
tecnológica, pero también en una revolución social. La información a que se tiene
acceso en Internet, el flujo de datos, influye en la economía y en la transmisión de
conocimientos.
Señorías, señora Presidenta, es bien conocido por todos que el Ministerio de
Ciencia y Tecnología apoya la utilización, tanto del correo electrónico como del acceso a Internet en el trabajo, y lo hace a
través de la gestión de distintos programas de promoción y de I+D+I, así como de
campañas de difusión de las ventajas de dichos medios. Sin embargo, pensamos que las
empresas han de tener cierto margen de decisión para
determinar la asignación concreta de estos medios entre sus empleados en función
de su utilidad para el trabajo que desarrollen o de las funciones de representación que
desempeñen.
En lo referente a la garantía técnica de la confidencialidad de las
comunicaciones hay que señalar que existen hoy en día medios basados en la criptografía
que permiten garantizar, con un nivel razonable de seguridad, el secreto de las
comunicaciones electrónicas. Su uso no está prohibido,
como parece desprenderse del texto de la moción, aunque todavía no se hayan dictado las
normas de desarrollo reglamentario de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de las
Telecomunicaciones. Además, hay una posibilidad real de hacerse con un medio de
protección de las comunicaciones electrónicas ya que las claves necesarias para crear y
verificar firmas electrónicas que puede facilitar cualquier prestador de servicios de
certificación puede utilizarse por el cifrado de las comunicaciones.
Señorías, no podemos partir de la premisa equivocada de que todas nuestras
comunicaciones electrónicas son espiadas en la red. Esto no concuerda con la realidad, ya
que aunque técnicamente sea posible quebrar el secreto de las telecomunicaciones
electrónicas, económicamente es imposible interceptar todos y cada uno de los mensajes
que circulan por la red. Existen tecnologías desarrolladas y accesibles al público en
general para asegurar el secreto de las comunicaciones electrónicas. El Gobierno debe
concentrarse en el blindaje de la información que por sus especiales características
requieren un mayor nivel de protección, como es el caso de la información relacionada
con la defensa y seguridad nacional, y permitir en los demás que las empresas y los
ciudadanos adopten el sistema de protección más adecuada o suficiente para sus
necesidades.
Pero es verdad que el uso del correo electrónico en las empresas está creciendo a
un ritmo vertiginoso. En el momento actual, al tiempo que las herramientas informáticas
son indispensables para la expansión de las empresas, su utilización por parte de los
trabajadores puede crear situaciones complejas a las que de momento no puede aplicárseles
una normativa generalizada. La utilización del correo electrónico como un instrumento
más de trabajo puede enfrentar varios derechos y obligaciones: el derecho a la intimidad,
el poder de dirección del empresario, el deber de cumplimiento por parte del trabajador
de acuerdo a la buena fe o la responsabilidad del empresario como consecuencia del daño
causado por sus empleados en el ejercicio de sus funciones.
Varias normas de nuestro ordenamiento jurídico se refieren a estos derechos y
obligaciones. Así, en el artículo 18 de la Constitución Española se garantiza el
derecho a la intimidad, el secreto de las comunicaciones, y establece que la ley limitará
el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad. En el artículo 198 del
Código Penal se disponen penas de prisión y multa a quien para vulnerar la intimidad de
otros sin su consentimiento se apodere de sus mensajes de correo electrónico o intercepte
sus telecomunicaciones.
El artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores precisa, entre los derechos
laborales, el respeto a la intimidad del trabajador. El artículo 20. 3 del Estatuto de
los Trabajadores establece que el empresario podrá adoptar las medidas de vigilancia y
control que estime oportunas para verificar el cumplimiento de las obligaciones del
trabajador.
El artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores determina que sólo podrán
realizarse registros sobre los efectos particulares del trabajador cuando sean necesarios
para la protección del patrimonio empresarial, y
para ello se contará con la asistencia de un representante del trabajador o de otro
trabajador.
El artículo 5. a) del Estatuto de los Trabajadores precisa, entre los deberes
laborales del trabajador, el cumplimiento de sus obligaciones conforme a las reglas de la buena fe y diligencia.
El artículo 1.903 del Código Civil establece la responsabilidad de los dueños o
directores de un establecimiento respecto de los perjuicios causados por sus dependientes
en el servicio de los ramos en los que tuvieran empleados o con ocasión de sus funciones.
Señorías, señora Presidenta, a partir de los derechos y obligaciones que tienen
los empresarios y sus empleados pueden producirse situaciones paradójicas. Y podría suceder que, en ausencia del empleado, el empresario no pueda acceder al correo
electrónico de aquél para no trasgredir el derecho a su intimidad; la buena marcha de la
empresa puede resultar afectada negativamente.
Por otra parte, si como se establece en el Código Civil, el empresario es
responsable de los perjuicios causados por sus dependientes, es difícil que se pueda
ejercer un deber de vigilancia sin tener acceso al correo electrónico a través del cual
pueden producirse los perjuicios a otros.
El uso del correo electrónico puede suponer un riesgo para el empresario o para
terceros y, en el caso de producirse algún perjuicio o quebranto, aquél podría ser declarado responsable por su
falta de control sobre los sistemas de comunicación electrónica. Sin embargo, el control
de esas comunicaciones podría suponer la vulneración del derecho a la intimidad.
El correo electrónico puede ser, y lo es cada vez más, considerado como una
herramienta de trabajo, y como tal la empresa, en uso de su facultad de dirección, puede
establecer cláusulas en sus contratos en las que se prevea el control de su uso por parte
de los trabajadores.
Los proponentes de la moción, entiendo yo, no
distinguen en su iniciativa las diferencias
entre el ámbito privado y el laboral. Es evidente la
diferencia entre ambas esferas, la privada y la laboral. En el ámbito privado, no
hay dudas de que sólo el titular de la cuenta del correo electrónico puede tener acceso
al mismo, y cualquier intromisión será contraria al secreto de las comunicaciones, constitucionalmente reconocido y garantizado mediante el ejercicio de las
correspondientes acciones legales.
En el ámbito laboral, la primera diferencia que se observa es que las herramientas
informáticas usadas por el trabajador son propiedad de la empresa, deben ser utilizadas
como material de trabajo y, en determinadas
circunstancias, conocer el contenido
del correo enviado a un determinado trabajador puede ser indispensable para la buena marcha de la empresa.
Las medidas de vigilancia y control pueden establecerlas el empresario únicamente
en el ámbito laboral y no en el privado. En el ámbito privado, la responsabilidad por acciones que perjudiquen a
otro es personal, mientras que en la esfera laboral se extiende también al empresario.
Sin embargo, el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones debe ser
garantizado dentro del ámbito laboral, y en este momento
las nuevas tecnologías informáticas avanzan bastante más deprisa que su regulación
legal. En ocasiones producen situaciones de confrontación de derechos e intereses, para cuya solución existe una prácticamente nula
doctrina jurisprudencial y no siempre coincidente.
En el correo electrónico personal no parece que haya nada que impida por el
momento enviar mensajes encriptados, como ya he hecho
referencia anteriormente.
En el ámbito privado y laboral debe garantizarse tanto el derecho a la intimidad
como el secreto a las comunicaciones. Al tratarse de correo electrónico dentro de la
empresa, debería establecerse claramente la
diferencia entre las comunicaciones personales y las profesionales, ya que éstas
últimas, en la medida en que afectan a la marcha de la empresa, no deberían ser secretas
para el empresario, ya que no afectan a la intimidad del trabajador, y el conocimiento de su contenido puede ser
indispensable para la dirección y planificación de las actividades empresariales.
Pero, señorías, yo diría que, además de garantizar el derecho a la intimidad,
debería establecerse de alguna manera la forma de que sean compatibles el derecho a la
intimidad dentro de la empresa, el correcto uso del correo electrónico dentro de la
misma, la facultad de dirección y el deber de vigilancia del empresario.
En relación con la moción que ha presentado el Grupo Mixto, hay que decir que la
utilización del correo electrónico e Internet por parte de los trabajadores y los
sindicatos en las empresas como instrumentos de comunicación e información es un tema
novedoso. En efecto, en España no existe legislación específica sobre esta materia, por
lo que tenemos que analizar la regulación existente con carácter general en relación
con las comunicaciones de los delegados de personal con los trabajadores en el seno de las
empresas. Ahí está el Estatuto de los Trabajadores, que en su artículo 81 se refiere a
los locales y al tablón de anuncios, pero de forma explícita no se mencionan los
ordenadores personales, el uso del correo electrónico, e
Internet. Y en términos semejantes se manifiesta la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de
agosto, de libertad sindical.
En cuanto a la jurisprudencia relacionada con
este tema, podemos citar, por ejemplo, la de la Audiencia Nacional ante una demanda
presentada por la Federación del Metal de Comisiones Obreras contra IBM España, S.A. e
IBM ISS, en la que los comités de empresa solicitaron a la dirección de la misma tener
acceso al programa llamado correo electrónico. Pero les fue denegado, permitiéndoseles
únicamente enviar notas de carácter general. El
fundamento de Derecho impone al empresario la obligación de conceder la representación
unitaria y facilitarles la comunicación con sus representados a través del local y los tablones de anuncios, no
cabiendo ampliarla a otros medios de información que puedan establecer los empresarios,
como programas de ordenador, folletos, periódicos, etcétera.
Si el Estatuto de los Trabajadores reconociera el derecho de cada trabajador a un
buzón personal de correo electrónico en la empresa y el
libre acceso a Internet estaría reconociendo implícitamente la obligación de las
empresas de disponer de ordenadores personales suficientes para poder ejercitar dicho derecho. Tenemos que saber
que el 32 por ciento de las empresas españolas tiene una presencia activa en Internet y
que el grado de desarrollo tecnológico, sobre todo en las pequeñas y medianas empresas,
es muy bajo. También hay que decir que este Gobierno, a través del Real Decreto-ley
3/2000, de 23 de junio, aprobó unas medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro
familiar y a la pequeña y mediana empresa, proponiendo un incentivo fiscal para aquellas
actuaciones que tengan como objetivo mejorar
su acceso y presencia en Internet, así como el desarrollo del comercio electrónico en la
mejora general de sus procesos mediante la incorporación y la información con las nuevas
tecnologías.
Pero incentivar no parece ser el espíritu de la moción, sino que cualquier
empresa ponga a disposición de cada trabajador un buzón personal de correo electrónico
y autorice la comunicación de los sindicatos con los trabajadores a través de un buzón
sindical de libre acceso.
Sobre este asunto ya se pronunció la Audiencia Nacional por entender que los
actuales cauces de información de la empresa con los representantes sindicales eran
adecuados a la legislación vigente. Los empresarios tienen también razón para
controlar, no sólo la información que posee la empresa, sino también el uso que los
trabajadores hacen del tiempo de trabajo y de las conexiones ofrecidas por la empresa,
junto al derecho a la intimidad del trabajador, un derecho irrenunciable. Esta es la
responsabilidad de la empresa por la conducta de sus empleados en el trabajo.
El nuevo Código Penal ya se ha ocupado de actualizar el Derecho Penal adaptándolo
a las novedades tecnológicas, y el precepto amplía el soporte del secreto --que antes se
refería a papeles o cartas-- a mensajes de correo electrónico y a cualquier otro
documento o efectos personales. (El señor Vicepresidente, Prada Presa, ocupa la
Presidencia.)
Por todo ello, y esperando que sea apoyada por los grupos Socialista y Mixto,
proponentes de estas mociones, el Grupo Parlamentario Popular presenta esta enmienda
instando al Gobierno a que en el plazo más breve posible estudie la forma de poner en
marcha las medidas necesarias para considerar el correo electrónico e Internet como
instrumentos de comunicación e información de los trabajadores y de los sindicatos
siempre que la situación y las características generales de la empresa lo permitan,
garantizando la inviolabilidad de dichas comunicaciones en el marco legal vigente.
Muchas gracias, señor Presidente, y muchas gracias, señorías.
El señor VICEPRESIDENTE (Prada Presa): Muchas gracias, Senadora Coloma.
Para la defensa de su enmienda, por el Grupo Parlamentario Entesa de Catalana de
Progrés, tiene la palabra el Senador Gibert.
El señor GIBERT I BOSCH: Muchas gracias, señor Presidente.
Señorías, desde el grupo parlamentario de la Entesa Catalana de Progrés
celebramos que se haya decidido unificar el debate de las dos mociones porque, en el
fondo, nosotros hemos acreditado ser partidarios de ello al presentar una misma enmienda a
ambas mociones, sabiendo que trataban temas distintos, ciertamente, pero nos parecía que
eran aptas para integrarse en una sola; en todo caso, habríamos hecho una intervención
solamente, incluso en el caso de haberse debatido por separado.
En cambio, lamentamos lo poco capaces que hemos sido todos de acotar el problema,
ya que con este juego de mociones, de enmiendas y de contraenmiendas hemos desvirtuado la
cuestión. Yo no he oído que nadie afirmara que se está espiando todo el correo; nadie
lo ha afirmado, ni tampoco me ha parecido que se desprendiera del debate que no se
distingue entre lo privado y lo público; en una moción se habla de un tema y en la otra
de otro.
Desde nuestro punto de vista los términos del problema serían los siguientes.
¿Qué es lo deseable en la cuestión que estamos debatiendo? A nuestro juicio son
deseables tres cosas. La primera, que se salvaguarde y se garantice la intimidad y la
inviolabilidad, en términos comparables a otros sistemas de comunicación, como el correo
o el teléfono. Puede ser más difícil en este caso, es posible, pero se deben
salvaguardar en términos comparables, incluso en el ámbito laboral, la intimidad y la
inviolabilidad.
Segunda cuestión que nos parece deseable: que el uso del correo electrónico en el
ámbito laboral, y por tanto también en el aspecto sindical, sea comparable a otros
sistemas de comunicación. Es decir, en las empresas en general los empleados pueden
recibir cartas y llamadas telefónicas y hacer un uso razonable del correo electrónico,
no abusivo por supuesto ni perjudicial para la operatividad y el funcionamiento de la
empresa, como ha destacado la Senadora Coloma, pero, repito, en términos comparables a
los demás medios.
En tercer lugar, nos parece que sería deseable que, puesto que este debate se
está produciendo en estos momentos en toda Europa -más bien en todo el mundo-, que las
soluciones que se vayan implementando no sean distintas según los países, sino que
fueran relativamente homogéneas o incluso derivadas de la normativa europea, puesto que
se trata de un ámbito en el que lo razonable sería que el Gobierno impulsara esas
soluciones más o menos homogéneas, al menos en el entorno europeo.
En cualquier caso, y después de la presentación de las enmiendas, nos parece que
la transacción que hemos firmado y que vamos a votar trata sólo un aspecto de lo que
hemos estado hablando; creo que podríamos haber hecho una moción más general, en base a
las dos mociones presentadas, y recoger un texto fácil de consensuar, como lo es, aunque
no satisfactorio a nuestro juicio, el que definitivamente vamos a aprobar, y que hubiera
recogido, como mínimo, lo que por unanimidad aprobamos el día 17 de diciembre de 1999 en
cuanto a intimidad e inviolabilidad -punto cuarto del informe que se aprobó-. Eso podría
y debía haber sido perfectamente recogido. Por ello no nos quedamos muy satisfechos del
resultado de este debate, aunque entendemos que no es poco que, al menos sobre un aspecto
concreto, se haya conseguido un acuerdo, aunque, insisto, había otros aspectos que
podrían haber sido perfectamente recogidos sin grandes dificultades, y así debiera haber
ocurrido a nuestro juicio.
Nada más y muchas gracias.
El señor VICEPRESIDENTE (Prada Presa): Gracias, Senador Gibert.
¿Desean intervenir los representantes de los grupos parlamentarios autores de las
mociones originarias? (El señor Cámara Fernández pide la palabra.)
Tiene la palabra, Senador Cámara.
El señor CÁMARA FERNÁNDEZ: Muchas
gracias, señor Presidente.
Señorías, intervengo rápidamente para fijar posición con respecto a las
enmiendas, pero antes deseo hacer un comentario relacionado con la intervención de la
Senadora del Partido Popular.Se trata de algo muy concreto. A veces discutimos y nos situamos ante los problemas sin ver
dialécticamente lo que uno dice. Parece que tenemos el discurso hecho de antemano y que,
por tanto, no nos hemos escuchado. Esto es
como un talgo que está ya encarrilado, que va por su camino y que, sin importarle lo que suceda a su alrededor, sigue un camino ya
preestablecido.
No estoy de acuerdo con algunas partes de la filosofía que usted ha planteado
aquí en su intervención. Sólo le voy a decir una cosa. Naturalmente que en el ámbito
laboral se extienden elementos de
responsabilidad a los empresarios. Naturalmente. Es que en este país estamos en
democracia, y los derechos de los trabajadores en el marco de la empresa afectan a ésta y
al empresario. ¿O no afecta al empresario que tengan el deber de poner un local sindical
para el Comité? Le afecta. Y le afecta dar horas sindicales. Por cierto: ¡Madre mía, la de empresarios que
han peleado para intentar evitar que se utilice en el tiempo sindical! ¡Claro que le
afecta! Es tiempo de trabajo. ¡Naturalmente que al empresario le afecta hasta el
teléfono que pone a disposición de la sección sindical o del comité de empresa o de la
junta de personal! ¡Naturalmente que sí! Todo eso afecta a la empresa y, por tanto, al
empresario. Estamos hablando aquí de derechos ya existentes, y yo propongo que se
estudie, que se vea la manera de modificar la ley vigente para garantizar ese derecho,
porque el tiempo ha pasado y los instrumentos hasta ahora disponibles son herramientas
para unos sectores y empresas caducos, pasados de moda, ya que es imposible aplicarlos
porque hay una nueva realidad de producción y de comunicación en las empresas. Nada más
que eso.
Por supuesto que no estoy comparando aquí a todos los trabajadores por el tamaño
de la empresa, en función de que ésta sea
pequeña o grande. No. Si ustedes han escuchado con atención se habrán dado cuenta de
que yo hablo fundamentalmente de empresas y sectores que se encuentran en este camino del
que estamos hablando, que es el de las nuevas tecnologías. Por supuesto que a un señor
panadero no se le va a aplicar lo que estoy diciendo aquí. A lo mejor se demuestra un
día que sí, que habrá que aplicarlo, pero hoy por hoy es bastante improbable. Sin
embargo, un administrativo de una oficina bancaria, como es lógico, se pasa su jornada habitual delante de un ordenador y, por tanto, es
distinto el modelo del funcionamiento de su trabajo.
Por último, deseo manifestar que estoy de acuerdo con la moción del Grupo
Parlamentario Socialista y que voy a votarla favorablemente. Siento que, según he oído,
no se admita ninguna rectificación que se podría haber negociado a última hora. Insisto
en que estoy de acuerdo con ella, pero es una moción distinta, aunque en el mismo
contexto, de la que yo he presentado. Una
habla fundamentalmente de un asunto más global y general, importantísimo, y mi moción
habla sobre todo de un tema en el marco laboral, en las empresas. Hay una confusión
terrible. Con todos mis respetos debo decir que no sé por qué la Junta de Portavoces
juntó las dos mociones, lo que puede crear cierto nivel de confusión. Son dos enmiendas distintas, con objetivos
diferentes.
Estoy de acuerdo, por tanto, con la moción del señor Lavilla, y por supuesto que
también lo estoy -y las agradezco- con las enmiendas presentadas a mi moción por Entesa Catalana de Progrés y por el Grupo
Parlamentario Socialista, al igual que también anuncio que estoy de acuerdo con esa
enmienda transaccionada que circula por ahí, firmada por todos los grupos. Agradezco
mucho este acuerdo de última hora.
No me queda más que decirle al Grupo Parlamentario Popular que nos tiene con el corazón en permanente congoja, porque
desde las cuatro de la tarde hasta hace sólo unos
minutos, por fin hemos llegado al final a un acuerdo sobre una enmienda transaccional, al
menos respecto a la moción que yo he presentado. A ver si podemos agilizar estos
trámites, porque así sufriremos menos y todos nos podremos divertir un poquito más.
Muchas gracias.
El señor VICEPRESIDENTE (Prada Presa.): Muchas gracias, Senador Cámara.
Tiene la palabra el Senador Lavilla,
El señor LAVILLA MARTÍNEZ: Muchas gracias, señor Presidente.
Señorías, nuestro Grupo, como ya se ha anunciado, va a apoyar el texto
transaccional presentado por todos los grupos a la enmienda formulada y lamentamos
profundamente, como no podía ser de otra manera, que el Grupo Popular, en el segundo
texto, no acepte una enmienda transaccional que hubiera sido previsiblemente apoyada por
todos los grupos de la Cámara.
Lo lamentamos porque la propuesta final que ha hecho el Grupo Socialista era algo
tan sencillo como pedirle al Gobierno un plan concreto que garantice una conclusión que
todos los grupos políticos de la Cámara apoyamos en el Pleno del día 17 de diciembre de
1999 junto con el informe de la Comisión Especial de Redes Informáticas, es decir, se
trataría de pedirle al Gobierno un plan que garantice que el ordenador personal y el
domicilio electrónico son inviolables; que ninguna entrada o registro podrá hacerse sin
consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito; que
se garantice el secreto de las comunicaciones electrónicas y la privacidad de los datos,
y que cualquier actuación relacionada con la actividad informática se atendrá al
mandato del artículo 18 de nuestra Constitución.
Entendemos que era un texto asumible -lo hemos comentado con todos los grupos
políticos de la Cámara- y lamentamos profundamente que, previsiblemente, nuestro texto
no vaya a contar con el voto favorable de la Cámara.
Creo que estamos excesivamente atados -y se lo digo al grupo mayoritario- por la
voluntad y la opinión del Gobierno. Es injustificable que, teniendo en cuenta el texto
que ha sido aprobado ya por esta Cámara, se le pida un plan al Gobierno para que cumpla
con lo que hemos aprobado y no se pueda llegar a un acuerdo. No lo entiendo. No obstante,
como es un tema que volverá de nuevo con otras iniciativas, ya lo debatiremos.
Resulta evidente que, si vamos a aprobar el primer texto y ya hemos conseguido
avanzar y dar un paso en el terreno laboral, es lógico que nosotros mantengamos también
el texto de la enmienda segunda para dejar fijada nuestra posición y los deberes que
tiene esta Cámara para que el Gobierno cumpla.
Lo que sí me ha sorprendido en gran medida -y una cosa es el consenso al que hemos
llegado en la moción primera que hemos tratado y otra el debate, que yo creo que ya
estaba preparado- es un dato que se ha facilitado. Se ha llegado a decir aquí: Ustedes
tranquilos, señorías, no hay problema. Como es muy caro controlar los correos
electrónicos de todos, no se preocupen, que nadie va a controlar el correo electrónico
de todos los españoles.
¡Hombre, eso no es lo que decimos! El problema está en que se controle uno sólo,
es decir, que se vulnere la intimidad de uno sólo de los españoles sin que haya una
resolución judicial al respecto. Este tema de la garantía de la seguridad en el ámbito
privado queda como deber a esta Cámara y queda como deber al Gobierno.
Tengo aquí varias noticias: Un programa más que nos vigila sin que lo sepamos -no
me lo invento-. Corresponde al portal Inicia. Una tecnología sencilla que opera a
partir de los programas de correo electrónico le indica al remitente qué hace el
destinatario con su mensaje. Otra noticia: Documentos desclasificados revelan todos los
secretos del Carnivore. Otra noticia: El Carnivore puede leer prácticamente
todo. Otra noticia: Es frecuente que nos envíen algunos virus que se llaman troyanos,
que entran en el ordenador, son capaces de acceder a todos nuestros archivos y remitirlos
donde sea para que quien ha remitido el virus conozca todo lo que tenemos en el ordenador.
Es decir, el problema existe y, lógicamente, como estamos hablando de garantías y
de derechos fundamentales, como el derecho a la intimidad y de la libertad, el Gobierno,
según el artículo 9.3 de nuestra Constitución, tiene la obligación de establecer
medidas; medidas que ya han sido aprobadas por nuestra Cámara. Lo único que le pedimos
al Gobierno es que cumpla con lo que ya dijimos y aprobamos en esta Cámara el día 17 de
diciembre.
Nos felicitamos porque se haya aprobado el primer texto, pero los deberes quedan
puestos y lamentamos que este segundo texto no haya sido aprobado. Evidentemente, nuestra
seguridad no debe de estar condicionada por si es cara o barata la vigilancia. Solamente
con que se espíe un correo está en peligro nuestra seguridad y lo lógico es que el
Gobierno ponga medidas para que esta seguridad y este derecho a la intimidad se garantice,
porque sin libertad no hay democracia plena.
Nada más y muchas gracias. (Aplausos en los escaños del Grupo Parlamentario
Socialista.)
El señor VICEPRESIDENTE (Prada Presa): Muchas gracias, Senador Lavilla.
A continuación, pasamos al turno de portavoces.
Por el Grupo Parlamentario Mixto, ¿desea hacer uso de la palabra, Senador Cámara? (El señor Cámara Fernández
hace signos negativos.)
Muchas gracias, señoría.
Por el Grupo Parlamentario de Senadores de Coalición Canaria, tiene la palabra el
Senador Rodríguez Díaz.
El señor RODRÍGUEZ DÍAZ: Gracias, señor Presidente.
Señorías, hoy hemos asistido a un debate conjunto de dos mociones sobre un mismo tema aunque, como ya se ha dicho,
difieren en aspectos concretos. La moción presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista es más genérica, mientras que la del Grupo Parlamentario Mixto es más
concreta y está centrada en el ámbito laboral; sin embargo, las dos inciden en un
derecho fundamental: el de la intimidad en las comunicaciones.
Aquí estamos debatiendo y tratando de conseguir ese equilibrio entre las nuevas
tecnologías y los derechos y libertades del individuo. Sobre este tema se han pronunciado
distintos autores; el año pasado, María Belén Cardona Ruber?, en su libro Informática
y Contrato de Trabajo, nos hacía reflexionar cuando decía que a la euforia
informática de los primeros tiempos seguirá el miedo ante la amenaza que la informática
supone para la intimidad del individuo y que en esta situación corresponderá al Derecho
encontrar el equilibrio entre las nuevas tecnologías y los derechos y libertades de
éste; para ello, será necesario adaptar las normas existentes y, si fuera necesario,
crear otras nuevas.
También es verdad que en las recientes comparecencias en la Comisión de la
Sociedad de la Información y del Conocimiento, prácticamente todos los comparecientes
hablaban de la necesidad que tienen las nuevas tecnologías de una gran libertad para su
desarrollo. Es preferible que no haya control a que haya un mal control pero, de todas
maneras, el Estado de Derecho debe dotarse de los medios necesarios para hacer prevalecer
los derechos del individuo y, además, lograr ese equilibrio entre los derechos de los
trabajadores y los derechos del empresario, como en el caso de la moción del Grupo
Parlamentario Mixto y, por tanto, nos felicitamos por el hecho de que se haya firmado una
enmienda transaccional por todos los grupos.
En el ámbito general, sabemos que ese equilibrio entre derechos y deberes es
bastante difícil y que, además, está produciendo un debate internacional ya
prácticamente superado en algunos Estados, pero que ahora está muy de moda en el ámbito
europeo. Desde mi punto de vista, las normas
de las que nos dotemos en el Estado español tienen que ir confluyendo con la normativa
internacional, por ejemplo, la Directiva 97/66 del Parlamento Europeo relativa al
tratamiento de datos personales y la protección de la intimidad en el sector de las
telecomunicaciones y la del Consejo de 15 de diciembre de 1997. Por lo tanto, tenemos que
dotarnos de esos mecanismos para desarrollar la norma máxima, la norma constitucional en
los apartados que ya han sido citados, para adecuarla a la realidad rápidamente cambiante
en este mundo de las nuevas tecnologías y de las telecomunicaciones. Estamos hablando de
una norma que ya tiene 22 años y que, en estos aspectos, hay que adaptarla a la realidad
cotidiana.
Es verdad que muchas veces podemos confundir cuál es el problema, pero el problema
no es de las nuevas tecnologías. Ayer mismo, en una conferencia celebrada en Gran
Canaria, el psiquiatra español Luis Rojas Marcos decía que el problema no son las nuevas
tecnologías e Internet sino el mal uso que se haga de ellas. Por lo tanto, nosotros no
estamos aquí para controlar las nuevas tecnologías sino para regular las posibles normas
que permitan que todos seamos capaces de hacer un buen uso de ellas, que la libertad
individual sea compatible con el derecho de los empresarios a poder ofrecer los medios a
los trabajadores en condiciones de libertad y de garantías también para su empresa.
Por tanto, y para finalizar con el posicionamiento de nuestro Grupo Parlamentario,
vamos a apoyar, como hemos firmado, la enmienda transaccional a la primera moción
presentada por el Grupo Parlamentario Mixto; con
respecto a la presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, si no hubiese un
pronunciamiento por parte del Grupo Parlamentario Popular en el sentido de aceptar, como
decía el Senador Lavilla, la propuesta de ratificación de la resolución número cuatro
del Informe aprobado por unanimidad en este Senado en diciembre del año pasado, si esa
decisión no se adoptara - que pienso obtendría la unanimidad de esta Cámara- apoyaríamos la moción presentada por el Grupo
Parlamentario Socialista.
Muchas gracias.
El señor VICEPRESIDENTE (Prada Presa): Muchas gracias, Senador Froilán
Rodríguez.
Por el Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, tiene la palabra el
Senador Albistur.
El señor ALBISTUR MARÍN: Muchas gracias, señor Presidente.
Señorías, después de un largo debate bastante complicado, como decía el Senador Gibert, quizás entre
todos, con un poco de imaginación, podríamos haber encontrado una fórmula para tratar
estas dos mociones de una forma bien diferenciada en cuanto a sus contenidos y en cuanto a
los objetivos que ambas persiguen, porque realmente son dos mociones que tienen una cierta
relación pero que sinceramente merecen un debate diferenciado, porque la relación que
existe entre una y otra es de causa-efecto. La moción presentada por el Grupo
Parlamentario Socialista y ardorosamente defendida por el señor Lavilla es prácticamente
el principio del cual se deriva la moción presentada por el representante del Grupo
Parlamentario Mixto, el señor Cámara, quien ha defendido también ardorosamente ésta su
moción, que tiene que ver con un aspecto específico,
y concretamente donde hoy día se están empezando a producir, me atrevería a
decir, verdaderas tergiversaciones de los derechos laborales de los trabajadores.
Las iniciativas que precisamente promueven ambas mociones ya se han producido de
alguna manera en las actividades laboral y cívica. Existen incluso actuaciones judiciales
frente a empresas que han impedido a sus trabajadores y secciones sindicales tener una
comunicación, sin que las comunicaciones internas entre los representantes sindicales y
sus representados pudieran suponer ningún perjuicio, ni siquiera un coste adicional a las
actividades empresariales.
Lo mismo ocurre con determinadas administraciones que han optado por un fácil y
cómodo control de ciudadanos. En estos momentos en diferentes partes de este mundo
globalizado en el cual vivimos hay gobiernos que impunemente controlan los correos y
comunicaciones de, por ejemplo, sus profesiores universitarios o sus investigadores. Y eso
está produciéndose sin que nadie apele por encontrar que en estos aspectos existe una
violación también de los derechos humanos.
Estas dos mociones son dignas de apoyo por lo que tienen de impulso de las
tecnologías de la información, no porque intenten limitar, como me ha parecido
interpretar en la posición de la representante del Grupo Parlamentario Popular -quizás
haya sido una falsa apreciación- el desarrollo de las tecnologías de la información,
sino todo lo contrario, estas mociones están impulsando las tecnologías de la
información, sobre todo por su aplicación en los ámbitos cotidianos; por una parte,
según la moción presentada por el señor Cámara, en un ámbito específico, como el
laboral, en la mejora de las relaciones laborales precisamente impulsando este tipo de
tecnologías y, por otra, en la planteada por el Grupo Parlamentario Socialista, en los
ámbitos de la vida cotidiana, aquellos que han sido apelados también desde la
representación del Grupo Parlamentario Popular, como son la familia, el hogar, el trabajo
profesional, la comunicación con las amistades, las transacciones comerciales, y yo
hablaría incluso de las relaciones internacionales y la cooperación internacional en un
etcétera muy, muy largo.
No hay ninguna relación entre las reflexiones planteadas desde ambas mociones con
cualquier aspecto limitativo del desarrollo, sino todo lo contrario, precisamente el
impulso de la relación de las tecnologías nos va a llevar necesariamente a la actuación
controlada en estos ámbitos de la vida cotidiana.
El Senado está recordando hoy al Gobierno sus deberes y, en este caso, el deber de
hacer cumplir y garantizar un derecho constitucional, el derecho al honor, el derecho a la
intimidad, el derecho a no ser manipulada ninguna opinión, ninguna actuación, ni ser
controladas más que cuando de alguna manera afecten al bien común. El Senado recuerda
que se deben tomar medidas legislativas para garantizar
un derecho individual y también un derecho colectivo, que, insisto, como
anteriormente he dicho, afecta a la familia, a los trabajadores, a los militantes de los
partidos políticos, a los representantes de organizaciones religiosas, a los miembros de
asociaciones, es decir, a una sociedad plural y compleja que utiliza cada vez de forma
más intensa y necesaria precisamente estas tecnologías.
Y no es la primera vez que este Senador aborda esta cuestión. Este Senado, si se
respetara a sí mismo, y si los partidos políticos que lo integran se respetaran a sí
mismos, habría reconocido en esta misma sesión que mediante la conclusión número 4 de
la Ponencia que sobre redes informáticas se constituyó en la pasada legislatura se tomó
en este Senado una verdadera decisión en el sentido de insistir a los poderes en la necesidad de garantizar los derechos
constitucionales de los ciudadanos, como también los colectivos, precisamente como
garantía de las libertades.
Conocemos que ha existido un intento de acercamiento desde el Grupo proponente -en
este caso, el Grupo Socialista- para establecer hoy un consenso sobre la base de la
reiteración de que se aplique la conclusión número 4 de aquella Ponencia.
Lamentablemente, vamos a votar estas mociones sin que exista este acuerdo, que fue
unánime en la legislatura anterior. Tenemos una memoria corta, una memoria partidista,
una memoria verdaderamente limitativa, en este caso de las acciones que van en pro de la
democracia.
La moción no es baladí, en absoluto. Hoy día, la invasión descarada de ideas,
juicios y opiniones, interferencias no solicitadas ni deseadas es algo que se produce en
los correos electrónicos de todos aquellos que utilizamos las redes de Internet. Hace
bien poco tiempo, este Senado ha aprobado una moción y, por acuerdo unánime, una
reflexión seria en torno al asesinato de Ernest Lluch. Hoy mismo, si ustedes, señorías,
revisan sus correos electrónicos, verán que
han sido invadidos por una hoja que insulta precisamente al señor Ernest Lluch, en pro de
la defensa de unos teóricos y dudosos derechos humanos.
Este tema es gravísimo porque, además, dice Oración por Lluch y 150.000
niños abortados y continúa: Lista de destinatarios, entre los cuales estamos
todos y cada uno de los Senadores presentes. ¿Quién ha dicho a estos señores que yo soy
un destinatario, o todos ustedes? ¿Un destinatario autorizado por quién? Para recibir un
mensaje que es una barbaridad en pro de la defensa de
derechos humanos. ¿Quién ha dicho a estos señores que se puede llevar a cabo
este tipo de actuaciones cotidianamente? Y estamos siendo invadidos hoy por actuaciones
como éstas con impunidad, con clandestinidad, con anonimato y con maneras verdaderamente
vergonzantes.
Esta es la realidad que hoy se quiere acusar mediante ambas mociones y esto es lo
que nos está sucediendo hoy día. No es tanto la historia de los gobiernos que vigilan o
del ojo que permanentemente nos está controlando. Se trata de individuos e ideologías,
señores que quieren introducirnos opiniones contra nuestra propia y libre voluntad. Por
eso, nuestro Grupo va a apoyar ambas mociones. Deberían haberse debatido individualmente
y haber llegado al fondo de las cuestiones planteadas por la moción del Grupo
Parlamentario Socialista y por la moción del Grupo Mixto. Lamentablemente, no va a poder
ser así y esto se va a quedar en unas
decisiones aparentemente superficiales.
Posiblemente no se apruebe la moción del Grupo Parlamentario Socialista, error de
bulto porque realmente está apelando a razones de derechos fundamentales de las personas.
Nos alegramos sinceramente de que se vaya a aprobar
la enmienda propuesta y consensuada entre los representantes del Grupo de Izquierda Unida
y del Grupo Parlamentario Popular, porque en esa enmienda empiezan a recogerse derechos
individuales y colectivos de los trabajadores. Sin
embargo, podía haber sido una aprobación completa que no se va a dar. Señorías, tenemos que seguir pensando en este
tema que nos afecta de forma más grave de lo que pensamos.
Muchas gracias. (Aplausos.)
El señor VICEPRESIDENTE (Prada Presa): Muchas gracias, Senador Albistur.
Por el Grupo Parlamentario Entesa
Catalana de Progrés, el Senador Gibert tiene la palabra.
El señor GIBERT I BOSCH: Mi intervención va a ser de extrema brevedad, señor
Presidente, sólo para dos cosas: para un agradecimiento y para un pronóstico.
El agradecimiento es al Grupo Parlamentario Socialista por haber apoyado nuestra enmienda, aunque no va a servir de mucho
porque no va a ser aprobada, pero se lo agradecemos igualmente.
El pronóstico va dirigido al Grupo
Parlamentario Popular. Senadores del Grupo Parlamentario Popular, hoy creen que no es
necesario aprobar esta moción ni nada relacionado con este asunto, pero dentro de muy
pocas semanas, o como mucho muy pocos meses, van a darse ustedes cuenta de que estaban
equivocados. Se va a hablar otra vez de este tema, a iniciativa del Gobierno o de otro
Grupo Parlamentario, tal vez del propio Grupo Popular, porque se van a producir problemas
y porque en otros países se va a legislar y se van a tomar medidas, por tanto será necesario retomar el asunto. Mi pronóstico es que
volveremos a hablar de esto, y que hoy, a nuestro juicio se equivocan.
Muchas gracias.
El señor VICEPRESIDENTE (Prada Presa): Muchas gracias, Senador Gibert.
Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, tiene la
palabra el Senador Sesmilo.
El señor SESMILO I RIUS: Moltes gràcies.
Mis primeras palabras son para felicitar a los Senadores Cámara y Lavilla,
pues su iniciativa parlamentaria ha sido intensa y extensa; extensa en documentación
(tengo en mi poder toda la literatura que ha provocado), lo cual demuestra que están
interesados, como todos los demás, en temas de candente actualidad y de suma importancia
para todos nosotros.
Nuestro Grupo se congratula de que el Senador Cámara, del Grupo Parlamentario
Popular, que ha presentado una enmienda muy concreta, haya motivado amén de otros Grupos,
como el Grupo Parlamentario Entesa Catalana
de Progrés, que han presentado enmiendas, un texto transaccional que nos permitirá a
todos sentirnos identificados con él y que irá avanzando en un tema tan importante como
es el derecho de los trabajadores en la aplicación de las nuevas tecnologías en las
empresas.
No obstante, a pesar de que mi Grupo, firmante también de esta transaccional, la
va a votar favorablemente, no puedo resistirme a hacer un par de comentarios. Uno se
refiere al tono y al sentido de la intervención del siempre vehemente y muy hábil
parlamentario, Senador Cámara, que ha
hablado de los derechos de los trabajadores hasta veinte veces, y al llegar a los deberes, sólo había dos: uno,
mencionado en su primera intervención, es el deber del Gobierno de legislar, otro es el
deber de los empresarios de dar el local sindical y el teléfono. No nos gusta esta
especie de foto fija que se quiere dar de una sociedad en la cual unos tienen deberes y
otros tienen derechos, porque creo que deberes y derechos los tenemos todos, y
precisamente el cumplimiento del deber es lo que sublima la exigencia del derecho, y por
tanto, una intervención más equilibrada en este sentido, a nosotros nos hubiera
facilitado más el voto favorable que sin duda vamos a dar.
Digo esto porque me ha parecido contradictorio que posteriormente aceptara la
enmienda del Grupo Parlamentario Socialista a su apartado segundo, que dice: el derecho de
los sindicatos más representativos. Ha puesto mucho hincapié en comunicarse con los
trabajadores. Cuando estamos hablando del derecho de todos los trabajadores, aceptar una
enmienda que limita a los que se relacionen con los sindicatos más representativos, es
limitar los derechos de centenares de miles de trabajadores que, en su legítimo derecho,
se sienten representados por otro tipo de sindicato. Esta obsesión casi enfermiza de
consolidar en España un bimonopolio sindical, dejando al margen a muchos trabajadores
que, insisto, legítimamente no se sienten representados, nos lleva a situaciones muy
extrañas.
Permítame
que le ponga un ejemplo. Hace pocas semanas se ha constituido en Cataluña el Consell
Catalán de la Formación Profesional. Los dos sindicatos mayoritarios del sector -en la
enseñanza pública es el USTEC(?)y en la privada el USO(?)- no están representados en
este Consell. Y es que, como la Ley orgánica de libertad sindical no lo permite, están
presentes los sindicatos no representativos del sector, porque son los que tienen la
categoría legal de más representativos. Esto es algo que sucede sólo en España, y pido
a sus señorías que me pongan un ejemplo de algún país del mundo occidental donde
exista esta categoría legal de sindicato más representativo. En todo el mundo los
sindicatos tienen la representación que tienen y en función de la misma ejercen su peso
e influencia, pero no por el hecho de tener esta categoría legal pueden representar a
empresas y sectores en los que su presencia es minoritaria. Aclarar esto requeriría un
debate muy largo, pero, en todo caso, me parece contradictorio que ustedes, que en todo
momento hablan de derechos, acepten esta enmienda.
Respecto a la moción del Grupo Parlamentario Socialista, diré que no la vamos a
poder apoyar, y me explico. No es que dudemos, estemos en contra de la intencionalidad
-nos parece positiva-, no hayamos escuchado sus argumentos -en la sesión pasada su
compañera fue tan convincente que nos hizo cambiar de criterio- o nos sepa mal que no se
haya llegado a un acuerdo, sino que nuestro Grupo cree que se trata de una enmienda que va
un poco más allá del citado punto cuarto del acuerdo del año pasado. En primer lugar,
recoge lo del ámbito privado o laboral y, por tanto, introduce elementos nuevos. En
segundo lugar, como Grupo que tiene responsabilidades de Gobierno, nos parece que
presentar una instancia al Gobierno para que en el plazo máximo de tres meses presente
ante la Cámara un conjunto de medidas en las que se contemplen los acuerdos con otros
países y empresas del sector para que trabajando coordinadamente se logren normativas a
nivel internacional es algo inaceptable. Nosotros, que somos una coalición con
experiencia de gobierno, no creemos posible que se acepten propuestas de este tipo, que
son de imposible cumplimiento, y nos choca que lo hagan ustedes, que nos tienen
acostumbrados a ser muy objetivos y cuidadosos en los términos de sus propuestas.
Lamentamos que no se haya llegado a un acuerdo y, por eso, nuestro voto a la
moción presentada será negativo. Muchas gracias, señor Presidente.
El señor VICEPRESIDENTE (Prada Presa): Muchas gracias, Senador Sesmilo.
Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Alonso.
El señor ALONSO GARCÍA: Muchas gracias, señor Presidente.
Necesariamente, uno tiene que lamentar dos cuestiones. Primero, que lo que reclame
una moción sea que las nuevas tecnologías den cobertura a los derechos de los
trabajadores o que los trabajadores se puedan beneficiar de las posibilidades que procuran
las nuevas tecnologías. Es decir, que todo aquello que figura en el Estatuto se canalice
a través del cable o de cualquier otro medio, de forma que los trabajadores y
trabajadoras puedan participar de esos beneficios y sus derechos también se canalicen por
ahí.
Pero todo esto no es nuevo y no estamos inventando nada, habida cuenta que, tras
los acuerdos de Essen, el Libro verde, sobre la cooperación para una nueva organización
del trabajo, ya contempla iniciativas de esta naturaleza. Por lo tanto, no sé a qué
obedece la sorpresa que pone de manifiesto el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i Unió.
Pero si en una moción se trata de canalizar los derechos de los trabajadores a
través de los beneficios que procuran las nuevas tecnologías, la que presenta el Grupo
Parlamentario Socialista...
El señor VICEPRESIDENTE (Prada Presa): Un momento, Senador Alonso. Por favor,
señorías, les ruego que guarden silencio. Puede continuar su señoría.
El señor ALONSO GARCÍA: Muchas gracias, señor Presidente.
En la moción que presenta el Grupo Parlamentario Socialista se trata, sólo y exclusivamente,
de preservar la inviolabilidad de las comunicaciones.
Por lo tanto, la una no excluye la otra, y lo que lamentamos es que
acontecimientos de última hora de alguna forma puedan tapar o eclipsar la razón de una
moción y que no se pueda vislumbrar la otra. De ahí que se vaya a mantener la moción
del Grupo Parlamentario Socialista y, en todo caso, solicitamos de la Cámara esa
responsabilidad a la hora de preservar que la inviolabilidad de las comunicaciones no se
circunscriba sólo y exclusivamente al ámbito de lo laboral, sino a todo ámbito de la
vida del conjunto de los ciudadanos de este país.
Por tanto, reclamamos de nuevo esta cuestión y, de cualquier forma, lo que
pretende la moción del Grupo Parlamentario Socialista, señores del Grupo Parlamentario
Popular, es ponerles los deberes para un próximo futuro porque, como bien dijo el Senador
de la Entesa Catalana, de este tema, no tardando mucho, seguramente volveremos a debatir y
tendremos que articular mecanismos para que corrijan las disfunciones que podamos ir
observando en un próximo futuro.
Muchas gracias.
El señor VICEPRESIDENTE (Prada
Presa): Muchas gracias, Senador Alonso.
¿ Grupo Parlamentario Popular? (Pausa.) No hace uso de la palabra la Senadora Coloma.
Finalizado el debate, vamos a proceder a la votación. (El señor Cámara
Fernández pide la palabra.)
Senador Cámara, ¿desea intervenir? (Pausa.) ¿Por una cuestión de orden,
señoría, o en virtud del artículo 87?Tiene su señoría un minuto.
El señor CÁMARA FERNÁNDEZ: Solamente quiero aclarar al representante de Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, que yo estoy de acuerdo con
la moción del Grupo Parlamentario Socialista, que agradezco las enmiendas presentadas por
la Entesa Catalana y por el Grupo Parlamentario Socialista y que, lógicamente, estoy de
acuerdo con la enmienda transaccional que hemos negociado, pactado y firmado todos los
grupos, nada más.
Y aprovechando esa circunstancia, el portavoz
de Convergència i Unió ha hecho una apología de una concepción sindical en la
que yo no voy a entrar aquí ahora; ahora bien -es curioso-, yo exijo para los sindicatos
lo mismo que para los partidos políticos. Todos los sindicatos tienen libertad sindical y
todos tienen sus derechos, efectivamente, pero existe una Ley Orgánica de Libertad
Sindical y un Estatuto de los Trabajadores que marca unos mínimos de representación. ¡
A ver si aquí un partido político está sin tener ese mínimo de representación!
Muchas gracias.
El señor VICEPRESIDENTE (Prada
Presa): Muchas gracias, Senador Cámara. (La señora Presidenta ocupa la Presidencia.)
La señora PRESIDENTA: Señorías, en relación a las dos mociones que acabamos de
debatir conjuntamente, vamos a proceder a dos votaciones. En primer lugar, se va a votar
la firmada por los siete Grupos Parlamentarios del Senado, que dice lo siguiente: El
Senado insta al Gobierno a que en el plazo más breve posible estudie la forma de poner en
marcha las medidas necesarias para considerar el correo electrónico e Internet como
instrumentos de comunicación e información de los trabajadores con sus representantes
sindicales y viceversa, siempre que la actividad y características generales de las
empresas lo permitan, facilitando el acceso de los trabajadores y sus representantes
sindicales al correo electrónico de Internet de la empresa con garantía de
inviolabilidad de las comunicaciones conforme al marco legal vigente. Está firmado por
los portavoces de los siguientes Grupos Parlamentarios: Popular, Socialista, Catalán en
el Senado de Convergència i Unió, Entesa Catalana del Progrés, Senadores Nacionalistas
Vascos, Senadores de Coalición Canaria y Mixto.
¿Votamos o aprobamos por asentimiento esta moción puesto que está firmada por
todos los portavoces? (Pausa.)
¿La aprueban sus señorías por asentimiento? (Asentimiento.)
Queda aprobada.
Al parecer, el Grupo Parlamentario Socialista también desea que se vote ahora la
moción originaria presentada por el Senador Lavilla
junto con la enmienda de la Entesa Catalana de Progrés. Por tanto, votamos ahora
la moción presentado por el Grupo Parlamentario Socialista y enmendada por el Grupo
Parlamentario de la Entesa Catalana de Progrés. (Fuertes rumores.)
Se inicia la votación. (Pausa.)
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 231; a favor,
85; en contra, 146.
La señora PRESIDENTA: En consecuencia, queda rechazada la moción presentada por
el Grupo Parlamentario Socialista, y aprobada, como antes he señalado, la moción
presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, ambas sobre el correo electrónico e
Internet. |
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