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La Agencia Española de Protección de Datos tiene vigiladas estas costumbres que realizan algunos establecimientos públicos

Estas son las multas por fotocopiar o fotografiar el DNI: pueden llegar a 100.000 euros


Privacidad, DNI, estafas

El DNI es uno de los documentos más importantes, relevantes y útiles para una persona. No solo permite atestiguar la filiación de una persona, sino que también abre la posibilidad de hacer numerosas operaciones. Es por ello que, desde la Agencia Española de Protección de Datos advierten de que escanear o fotocopiar el DNI, costumbres típicas en hoteles, bancos o incluso organismos públicos, no debería estar permitido.





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Según la AEPD, para cualquier trámite es suficiente con enseñarlo, pero jamás será imprescindible fotocopiarlo, escanearlo o similar. Para confirmar la identidad de una persona, bastaría con enseñarlo y, en caso de que fuera en una transacción online, se puede hacer mostrándolo por webcam o enviando un vídeo con el documento físico en la mano.

La gran mayoría de establecimientos y organismos que piden una copia del DNI no lo emplean con fines perniciosos o directamente delictivos, sino como una manera de atestiguar la identidad del potencial cliente o consumidor. Sin embargo, la posibilidad de que los datos personales se utilicen para posibles estafas, hace necesario que el DNI se deba guardar con mucho más cuidado.

La AEPD es clara: el «uso (del DNI) indebido o sin las garantías suficientes puede tener múltiples efectos desfavorables para el titular de los datos». Hay infinidad de ejemplos en los que los datos del DNI pueden acabar siendo usados con fines delictivos: desde solicitar un crédito a nombre de otra persona, pasando por hacer duplicados de tarjeta, hackeo de cuentas o solicitudes de información de todo tipo. En definitiva: se pueden usar para cometer delitos de suplantación de identidad.

Es por ello que la recomendación básica es utilizar «medidas menos gravosas que cumplen con el fin de la identificación, lo recomendable es abstenerse» de fotocopiar el DNI. No es solo una recomendación: el artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos de la UEestablece que el uso de los datos deben ser «adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados».

¿Cuál es la multa por fotocopiar el DNI?

No es solo una recomendación, sino que la AEPD establece una serie de multas por el mal uso de los datos personales de una persona recogidos en un DNI.

Las multas varían en función de la gravedad de los sucesos. La multa más alta que se ha impuesto hasta el momento en España ha llegado a los 100.000 euros, que le endosaron a Orange en marzo de 2023 porque uno de sus mensajeros hacía una fotografía por ambas caras del DNI para entregar sus paquetes.


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