Lo importante es el discurso considerado en sí mismo. El discurso ha ido más allá del derecho al secreto de las comunicaciones y la defensa de los derechos civiles, siquiera ha sido un discurso sobre la sociedad de la información, sino desde dentro de la sociedad de la información. Por primera vez en el Parlamento Español alguien ha subido a la tribuna para desde la filosofía del informacionalismo esbozar un análisis de la situación actual. Se ha hablado de la igualdad de oportunidades en el acceso a la cultura y el conocimiento y, de cómo la tecnología puede y debe conducirnos a la sociedad del conocimiento, pero también de su reverso la sociedad de la vigilancia que poco a poco se nutre de las libertades que nos quitan cada día.
Se ha hablado de la necesidad de recuperar el alma democrática de la sociedad, de la trasparencia del poder, del derecho a saber del público mediante una ley que garantice el acceso a toda la información pública, de utilizar la tecnología y la sociedad en red para ampliar la participación de los ciudadanos en las tareas de Gobierno. De la seguridad, si, pero no a costa de nuestras libertades, sino mediante medidas publicas y conocidas que sean respetuosas con el sistema de garantías.
Todo esto ha salido de un político del partido popular Esteban Gonzalez Pons, que le unen antiguos vínculos con la Asociación de Internautas, en frente la intransigencia, el inmovilismo, la ignorancia del significado del informacionalismo, la burla y la sorna. ¿Quién es el doberman ahora?
Víctor Domingo presidente de la Asociación de Internautas
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Intervención de Esteban González Pons en el Congreso de los Diputados para garantizar el derecho al secreto de las comunicaciones en España
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Señorías,
La libertad no es una virtud de color político, o es compartida o no es libertad. No subo, por tanto, a la tribuna con la intención de abrir un debate partidista, la defensa de las libertades es una obligación de todos que nadie puede atribuirse en exclusiva. Por eso, les pido respetuosamente a sus Señorías, desde el principio de mi intervención, apoyo para garantizar el derecho al secreto de las comunicaciones en España; no sólo porque resulte necesario, sino también porque se trata de una materia vital que nos merece unidos en el trabajo, dejando a un lado separaciones, reproches y desconfianzas.
Casi no hace falta que diga que vivimos un Siglo de profundas y rápidas transformaciones, que el mundo de nuestros hijos estará más lejos del de sus abuelos que el nuestro de la Edad Media, que la tecnología está convirtiendo en pasado el futuro de millones y millones de personas, son cosas que ya se saben. La cuestión de esta tarde es si los legisladores estamos siendo capaces de adaptar el Ordenamiento Jurídico a esa inestable realidad cambiante, si lo hacemos a tiempo y si resulta peligroso que renunciemos a defendernos de los riesgos que presenta la sociedad que está conformándose.
Por primera vez en la historia de la humanidad tenemos tecnología suficiente para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso universal a la cultura y al saber, y sin embargo, esa misma tecnología, es cada vez más poderosa e invasiva frente a la intimidad y la libertad de expresión. Por eso ahora más que nunca resulta ineludible una legislación que contemple el nuevo escenario tecnológico y técnico, y que sea capaz de garantizar de forma eficaz la protección del secreto de las comunicaciones y la privacidad de los datos.
Todos somos conscientes de que la sociedad de la información tiene como reverso la sociedad de la vigilancia. En parte, el poder de ver y escuchar contenidos de todo tipo, utilizado por el Estado, resulta esencial para facilitar la seguridad pública, pero en parte también, tal poder de observación, si no está suficientemente controlado, resulta cuestionable, injustificable, intrusivo y opresivo, desde el punto de vista democrático. De hecho la mayoría no sabe lo que significa la sociedad de la vigilancia y la percibe como una historia de ciencia ficción y no de la vida cotidiana. Entre las cámaras de seguridad instaladas en calles y comercios, los teléfonos que graban en video para Internet, el rastro de llamadas guardado por las operadoras, los datos retenidos por las redes sociales y la información que con fines publicitarios atesoran buscadores y sitios web, sin contar con lo que saben los bancos o los gestores de tarjetas de crédito de nuestras vidas, lo cierto es que, hoy por hoy, sólo el pensamiento es completamente privado.
Tras los atentados del 11-S el mundo ha cambiado, muchas sociedades reaccionaron como lo habrían hecho cien años atrás, sin comprender bien que, en un espacio democrático, no se puede tener miedo a la libertad por más que se tema a los terroristas. Y el pánico ha hecho que retrocedamos en libertad de comunicación, intimidad y circulación, a cambio de la sensación de seguridad que transmite un poder público tan omnipresente como opaco. El proceso se inició en EE.UU, bajo el impacto de las demolidas Torres Gemelas, al promulgarse la Patriot Act, desoyendo la advertencia que Benjamin Franklin formulara en pleno Siglo XVIII al decir que: "Aquellos que sacrifican una libertad imprescindible para conseguir una seguridad temporal no merecen ni libertad ni seguridad".
En definitiva, nadie va a discutir que el Estado utilice las nuevas tecnologías para luchar contra la delincuencia y el terrorismo. Pero un Estado democrático exige que el poder sea transparente, no los ciudadanos. Por eso las medidas a utilizar, además de respetuosas con el régimen de garantías, deben recogerse en normas democráticas, públicas y conocidas; pues sólo si el ciudadano ha consentido y conoce la Ley puede exigir su cumplimiento. Seguridad sí, pero no a costa de derechos que tanto hemos luchado por conseguir.
En España el derecho al secreto de las comunicaciones se recoge en el artículo 18.3 de la Constitución y goza, por tanto, de una tutela reforzada, siendo su regulación incluso reservada a la Ley Orgánica. Sin embargo, el desarrollo legal de un derecho tan importante se limita después al raquítico artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, anterior a la invención de Internet, anterior a la existencia de los teléfonos móviles, de cuando las cabinas funcionaban con fichas y que equipara la comunicación telefónica con la comunicación postal como se hacía en tiempos pre-digitales, ¿de verdad no piensan que ha llegado la hora de actualizarlo?
Señorías, no podemos conformarnos con esta situación. Primero, porque resulta anómalo que un derecho fundamental sea configurado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo ante la inacción del legislador orgánico. Segundo, porque, como es sabido, la jurisprudencia no es fuente del Derecho Penal y, por tanto, por más Sentencias que se acumulen la situación de alegalidad no se resolverá nunca. Tercero, porque es nuestra obligación producir una norma del Siglo XXI que desarrolle el derecho al secreto de las comunicaciones con la extensión y las garantías necesarias para un derecho fundamental del Siglo XXI. Y cuarto, porque la tecnología de la comunicación no ha hecho más que crecer en los últimos años, añadiendo nuevos retos a la protección del derecho que deberían reflejarse en la Ley. Por eso, he comenzado pidiendo la colaboración de todos, porque en estas circunstancias no hacer nada es una opción inexplicable para cualquiera de los presentes.
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, por su lado, también necesitan de una nueva Ley, porque tan importante es asegurar el ejercicio de los Derechos Fundamentales, como amparar a los policías y guardias civiles cuando en el cumplimiento de su tarea se ven obligados a solicitar la suspensión de algunos de estos Derechos. La Policía y Guardia Civil hasta la fecha, han realizado una tarea impecable en lo que respecta a la interceptación de comunicaciones electrónicas y telefónicas, no sería deseable, que en el futuro inmediato, la falta de una legislación suficiente dificulte su tarea o acabe poniéndola en tela de juicio.
De hecho, el presidente del Sindicato Profesional de Policía señala en una carta abierta que: la situación actual es insostenible, no beneficia a nadie y genera inseguridad jurídica y que, por eso, a su modo de ver, esta proposición de ley cito textualmente- responde a una necesidad sentida en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Del mismo modo, en otra carta abierta, el presidente de la Unión de Oficiales de la Guardia Civil Profesional ha considerado que esta reforma que les propongo supone una elogiable apuesta por la imprescindible adaptación del proceso de intervención de comunicaciones a la reciente evolución tecnológica.
Pese a todo, hay quien sostiene que es suficiente con tener fe en el trabajo de las fuerzas de seguridad, fe en el Ministro del Interior, fe en el Ministro de Justicia, fe en los fiscales y en los jueces, y dejar la ley tan escuálida y vieja como está. Pero, aunque sabemos que todos ellos, policías, Ministros y fiscales, realizan su tarea con honradez y cautela, la fe no es propia de demócratas, nosotros sólo nos podemos permitir confiar en el Derecho, nuestro único credo es la Ley.
La proposición de Ley Orgánica que les presento tiene por finalidad primordial colmar cuantas lagunas legales hay, regulando todos los aspectos de la interceptación judicial de las comunicaciones que la jurisprudencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos considera que tienen que estar previstos por la Ley. No les pido que compartan el texto, sólo la necesidad de redactarlo y después, durante la tramitación parlamentaria, tendremos ocasión de mejorar el contenido tanto como se considere.
La Proposición de Ley Orgánica señala que el Juez sólo podrá decretar la interceptación de las comunicaciones en el caso en que la gravedad de los delitos investigados así lo justifique. Que la interceptación necesariamente debe producirse en el ámbito de un procedimiento legal preexistente y que el delito debe estar identificado, con lo que se pretende dar acogida legal a la prohibición establecida por el Tribunal Supremo y la Fiscalía General del Estado de realizar investigaciones pre-delictuales o de prospección. Y que la interceptación puede referirse al contenido de la comunicación y también a los datos asociados a la comunicación que los modernos medios electrónicos permiten conocer.
El control judicial efectivo se extenderá a tres momentos, cuando se ordena, mientras se lleva a cabo y cuando cesa la interceptación. Deberá procederse a la destrucción de las grabaciones una vez que hayan cumplido su objetivo de servir a los fines de la investigación y se garantizará la autenticidad, confidencialidad e integridad de la información obtenida. Todo esto son exigencias tan obvias que resulta incomprensible que no estén ya en nuestro cuerpo legislativo.
Señorías, la sociedad necesita cuidar su alma democrática y exigir al poder que sea trasparente a los ojos de los ciudadanos y no a la inversa, por eso urge aprobar esta Proposición de Ley. En la era digital, con el arsenal tecnológico disponible, no tiene sentido que el ciudadano sea un simple espectador de lo público; al contrario una democracia avanzada, como la que propugna la Constitución en su preámbulo, sólo es actualmente posible si se articula sobre tres principios que ahora son tecnológicamente viables: comunicación, trasparencia y participación de los ciudadanos en el gobierno.
Antes de que a nadie se le obligue a mostrarse desnudo ante el Estado es el Estado el que debe desnudarse ante nosotros. Por eso, nuestra obligación como legisladores es garantizar el derecho a conocer del pueblo frente al Gobierno y no a la inversa, debemos facilitar el acceso a la información que se encuentra en manos del poder o de las entidades privadas que realizan funciones públicas. Los ciudadanos tenemos más derecho a saber del poder público que el Estado a saber de nosotros.
La crisis en la que estamos atrapados no sólo es económica, también es una crisis de la libertad frente a la seguridad y, sobre todo, de la falta de ilusión y esperanza frente a las incertidumbres del presente. Pero, las ambiciones públicas de las que se nutren las naciones nacen primero en los corazones privados y, por eso, si aseguramos los derechos fundamentales en la sociedad digital confirmaremos que la democracia formal no es una antigüedad del mundo analógico.
Señorías, desde aquí les invito a tramitar esta Proposición de Ley Orgánica cuyo espíritu sin duda compartimos, sin que ninguno piense que porque a él nunca le van a grabar sus conversaciones su libertad individual se encuentra más a salvo. Cuando se vulnera una libertad, sólo una, se reduce en tamaño de la de todos nosotros. Les recuerdo aquel campesino embarcado hacia América, que dormía durante la tempestad y que, al compañero aterrado que le despertó para decirle que el barco se hundía, respondió entre sueños: A mí que me importa, el barco no es mío.
Siempre que se trata de un derecho fundamental, el barco es de todos, todos vamos en el mismo barco jurídico y no puede ahogarse uno sólo y salvarse los demás. Y en la nave del derecho a la intimidad están también embarcados el honor, la dignidad, la libertad de expresión y de pensamiento y un jirón de vida privada de cualquiera de nosotros.
Señorías, que cuando llamen a nuestras casas de madrugada sea siempre el lechero y cuando se nos corte una llamada sea siempre porque no hay cobertura. Es un ruego y un deseo.
Muchas gracias.
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Saber más sobre la Interceptación de las Comunicaciones en España
Se ha hablado de la necesidad de recuperar el alma democrática de la sociedad, de la trasparencia del poder, del derecho a saber del público mediante una ley que garantice el acceso a toda la información pública, de utilizar la tecnología y la sociedad en red para ampliar la participación de los ciudadanos en las tareas de Gobierno. De la seguridad, si, pero no a costa de nuestras libertades, sino mediante medidas publicas y conocidas que sean respetuosas con el sistema de garantías.
Todo esto ha salido de un político del partido popular Esteban Gonzalez Pons, que le unen antiguos vínculos con la Asociación de Internautas, en frente la intransigencia, el inmovilismo, la ignorancia del significado del informacionalismo, la burla y la sorna. ¿Quién es el doberman ahora?
Víctor Domingo presidente de la Asociación de Internautas
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Intervención de Esteban González Pons en el Congreso de los Diputados para garantizar el derecho al secreto de las comunicaciones en España
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Señorías,
La libertad no es una virtud de color político, o es compartida o no es libertad. No subo, por tanto, a la tribuna con la intención de abrir un debate partidista, la defensa de las libertades es una obligación de todos que nadie puede atribuirse en exclusiva. Por eso, les pido respetuosamente a sus Señorías, desde el principio de mi intervención, apoyo para garantizar el derecho al secreto de las comunicaciones en España; no sólo porque resulte necesario, sino también porque se trata de una materia vital que nos merece unidos en el trabajo, dejando a un lado separaciones, reproches y desconfianzas.
Casi no hace falta que diga que vivimos un Siglo de profundas y rápidas transformaciones, que el mundo de nuestros hijos estará más lejos del de sus abuelos que el nuestro de la Edad Media, que la tecnología está convirtiendo en pasado el futuro de millones y millones de personas, son cosas que ya se saben. La cuestión de esta tarde es si los legisladores estamos siendo capaces de adaptar el Ordenamiento Jurídico a esa inestable realidad cambiante, si lo hacemos a tiempo y si resulta peligroso que renunciemos a defendernos de los riesgos que presenta la sociedad que está conformándose.
Por primera vez en la historia de la humanidad tenemos tecnología suficiente para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso universal a la cultura y al saber, y sin embargo, esa misma tecnología, es cada vez más poderosa e invasiva frente a la intimidad y la libertad de expresión. Por eso ahora más que nunca resulta ineludible una legislación que contemple el nuevo escenario tecnológico y técnico, y que sea capaz de garantizar de forma eficaz la protección del secreto de las comunicaciones y la privacidad de los datos.
Todos somos conscientes de que la sociedad de la información tiene como reverso la sociedad de la vigilancia. En parte, el poder de ver y escuchar contenidos de todo tipo, utilizado por el Estado, resulta esencial para facilitar la seguridad pública, pero en parte también, tal poder de observación, si no está suficientemente controlado, resulta cuestionable, injustificable, intrusivo y opresivo, desde el punto de vista democrático. De hecho la mayoría no sabe lo que significa la sociedad de la vigilancia y la percibe como una historia de ciencia ficción y no de la vida cotidiana. Entre las cámaras de seguridad instaladas en calles y comercios, los teléfonos que graban en video para Internet, el rastro de llamadas guardado por las operadoras, los datos retenidos por las redes sociales y la información que con fines publicitarios atesoran buscadores y sitios web, sin contar con lo que saben los bancos o los gestores de tarjetas de crédito de nuestras vidas, lo cierto es que, hoy por hoy, sólo el pensamiento es completamente privado.
Tras los atentados del 11-S el mundo ha cambiado, muchas sociedades reaccionaron como lo habrían hecho cien años atrás, sin comprender bien que, en un espacio democrático, no se puede tener miedo a la libertad por más que se tema a los terroristas. Y el pánico ha hecho que retrocedamos en libertad de comunicación, intimidad y circulación, a cambio de la sensación de seguridad que transmite un poder público tan omnipresente como opaco. El proceso se inició en EE.UU, bajo el impacto de las demolidas Torres Gemelas, al promulgarse la Patriot Act, desoyendo la advertencia que Benjamin Franklin formulara en pleno Siglo XVIII al decir que: "Aquellos que sacrifican una libertad imprescindible para conseguir una seguridad temporal no merecen ni libertad ni seguridad".
En definitiva, nadie va a discutir que el Estado utilice las nuevas tecnologías para luchar contra la delincuencia y el terrorismo. Pero un Estado democrático exige que el poder sea transparente, no los ciudadanos. Por eso las medidas a utilizar, además de respetuosas con el régimen de garantías, deben recogerse en normas democráticas, públicas y conocidas; pues sólo si el ciudadano ha consentido y conoce la Ley puede exigir su cumplimiento. Seguridad sí, pero no a costa de derechos que tanto hemos luchado por conseguir.
En España el derecho al secreto de las comunicaciones se recoge en el artículo 18.3 de la Constitución y goza, por tanto, de una tutela reforzada, siendo su regulación incluso reservada a la Ley Orgánica. Sin embargo, el desarrollo legal de un derecho tan importante se limita después al raquítico artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, anterior a la invención de Internet, anterior a la existencia de los teléfonos móviles, de cuando las cabinas funcionaban con fichas y que equipara la comunicación telefónica con la comunicación postal como se hacía en tiempos pre-digitales, ¿de verdad no piensan que ha llegado la hora de actualizarlo?
Señorías, no podemos conformarnos con esta situación. Primero, porque resulta anómalo que un derecho fundamental sea configurado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo ante la inacción del legislador orgánico. Segundo, porque, como es sabido, la jurisprudencia no es fuente del Derecho Penal y, por tanto, por más Sentencias que se acumulen la situación de alegalidad no se resolverá nunca. Tercero, porque es nuestra obligación producir una norma del Siglo XXI que desarrolle el derecho al secreto de las comunicaciones con la extensión y las garantías necesarias para un derecho fundamental del Siglo XXI. Y cuarto, porque la tecnología de la comunicación no ha hecho más que crecer en los últimos años, añadiendo nuevos retos a la protección del derecho que deberían reflejarse en la Ley. Por eso, he comenzado pidiendo la colaboración de todos, porque en estas circunstancias no hacer nada es una opción inexplicable para cualquiera de los presentes.
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, por su lado, también necesitan de una nueva Ley, porque tan importante es asegurar el ejercicio de los Derechos Fundamentales, como amparar a los policías y guardias civiles cuando en el cumplimiento de su tarea se ven obligados a solicitar la suspensión de algunos de estos Derechos. La Policía y Guardia Civil hasta la fecha, han realizado una tarea impecable en lo que respecta a la interceptación de comunicaciones electrónicas y telefónicas, no sería deseable, que en el futuro inmediato, la falta de una legislación suficiente dificulte su tarea o acabe poniéndola en tela de juicio.
De hecho, el presidente del Sindicato Profesional de Policía señala en una carta abierta que: la situación actual es insostenible, no beneficia a nadie y genera inseguridad jurídica y que, por eso, a su modo de ver, esta proposición de ley cito textualmente- responde a una necesidad sentida en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Del mismo modo, en otra carta abierta, el presidente de la Unión de Oficiales de la Guardia Civil Profesional ha considerado que esta reforma que les propongo supone una elogiable apuesta por la imprescindible adaptación del proceso de intervención de comunicaciones a la reciente evolución tecnológica.
Pese a todo, hay quien sostiene que es suficiente con tener fe en el trabajo de las fuerzas de seguridad, fe en el Ministro del Interior, fe en el Ministro de Justicia, fe en los fiscales y en los jueces, y dejar la ley tan escuálida y vieja como está. Pero, aunque sabemos que todos ellos, policías, Ministros y fiscales, realizan su tarea con honradez y cautela, la fe no es propia de demócratas, nosotros sólo nos podemos permitir confiar en el Derecho, nuestro único credo es la Ley.
La proposición de Ley Orgánica que les presento tiene por finalidad primordial colmar cuantas lagunas legales hay, regulando todos los aspectos de la interceptación judicial de las comunicaciones que la jurisprudencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos considera que tienen que estar previstos por la Ley. No les pido que compartan el texto, sólo la necesidad de redactarlo y después, durante la tramitación parlamentaria, tendremos ocasión de mejorar el contenido tanto como se considere.
La Proposición de Ley Orgánica señala que el Juez sólo podrá decretar la interceptación de las comunicaciones en el caso en que la gravedad de los delitos investigados así lo justifique. Que la interceptación necesariamente debe producirse en el ámbito de un procedimiento legal preexistente y que el delito debe estar identificado, con lo que se pretende dar acogida legal a la prohibición establecida por el Tribunal Supremo y la Fiscalía General del Estado de realizar investigaciones pre-delictuales o de prospección. Y que la interceptación puede referirse al contenido de la comunicación y también a los datos asociados a la comunicación que los modernos medios electrónicos permiten conocer.
El control judicial efectivo se extenderá a tres momentos, cuando se ordena, mientras se lleva a cabo y cuando cesa la interceptación. Deberá procederse a la destrucción de las grabaciones una vez que hayan cumplido su objetivo de servir a los fines de la investigación y se garantizará la autenticidad, confidencialidad e integridad de la información obtenida. Todo esto son exigencias tan obvias que resulta incomprensible que no estén ya en nuestro cuerpo legislativo.
Señorías, la sociedad necesita cuidar su alma democrática y exigir al poder que sea trasparente a los ojos de los ciudadanos y no a la inversa, por eso urge aprobar esta Proposición de Ley. En la era digital, con el arsenal tecnológico disponible, no tiene sentido que el ciudadano sea un simple espectador de lo público; al contrario una democracia avanzada, como la que propugna la Constitución en su preámbulo, sólo es actualmente posible si se articula sobre tres principios que ahora son tecnológicamente viables: comunicación, trasparencia y participación de los ciudadanos en el gobierno.
Antes de que a nadie se le obligue a mostrarse desnudo ante el Estado es el Estado el que debe desnudarse ante nosotros. Por eso, nuestra obligación como legisladores es garantizar el derecho a conocer del pueblo frente al Gobierno y no a la inversa, debemos facilitar el acceso a la información que se encuentra en manos del poder o de las entidades privadas que realizan funciones públicas. Los ciudadanos tenemos más derecho a saber del poder público que el Estado a saber de nosotros.
La crisis en la que estamos atrapados no sólo es económica, también es una crisis de la libertad frente a la seguridad y, sobre todo, de la falta de ilusión y esperanza frente a las incertidumbres del presente. Pero, las ambiciones públicas de las que se nutren las naciones nacen primero en los corazones privados y, por eso, si aseguramos los derechos fundamentales en la sociedad digital confirmaremos que la democracia formal no es una antigüedad del mundo analógico.
Señorías, desde aquí les invito a tramitar esta Proposición de Ley Orgánica cuyo espíritu sin duda compartimos, sin que ninguno piense que porque a él nunca le van a grabar sus conversaciones su libertad individual se encuentra más a salvo. Cuando se vulnera una libertad, sólo una, se reduce en tamaño de la de todos nosotros. Les recuerdo aquel campesino embarcado hacia América, que dormía durante la tempestad y que, al compañero aterrado que le despertó para decirle que el barco se hundía, respondió entre sueños: A mí que me importa, el barco no es mío.
Siempre que se trata de un derecho fundamental, el barco es de todos, todos vamos en el mismo barco jurídico y no puede ahogarse uno sólo y salvarse los demás. Y en la nave del derecho a la intimidad están también embarcados el honor, la dignidad, la libertad de expresión y de pensamiento y un jirón de vida privada de cualquiera de nosotros.
Señorías, que cuando llamen a nuestras casas de madrugada sea siempre el lechero y cuando se nos corte una llamada sea siempre porque no hay cobertura. Es un ruego y un deseo.
Muchas gracias.
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