A mediados de 2001, J.D.G., socio de Facua Sevilla, denunció que Telefónica de España le había facturado sus conexiones a Internet como llamadas interprovinciales, con una suma que superaría los 400 euros en sólo cuatro meses, pese a que había contratado el servicio de Tarifa Plana Personal con Terra.
Tras la negativa de Terra a rembolsar al usuario dichas cantidades, que habían sido facturadas debido a la falta de claridad y trasparencia en las condiciones generales de contratación, Facua Sevilla denunció los hechos ante diversas administraciones.
"Ninguna cláusula establecía expresamente que el usuario debiese configurar manualmente el acceso telefónico a Internet sustituyendo el número habitual por el designado por Terra, por lo que entendió que sería la empresa quien lo haría. De hecho, cuando llamó a su teléfono de atención al cliente, le indicaron que su conexión era correcta", manifestó la organización.
Por su parte, en una actitud "lamentablemente habitual" ante las denuncias de Facua por vulneración de los derechos de los consumidores, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de Ciencia y Tecnología decidió el pasado octubre "abstenerse de entrar a resolver sobre el asunto, quedando expedito el derecho de las partes de acudir ante la jurisdicción competente", dada la supuesta "falta de elementos de juicio para pronunciarse".
Facua denunció que estas carencias en la información vulneran el artículo 13.1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el artículo 54 de la Ley General de Telecomunicaciones y los artículos 2 y 3 del Real Decreto 1.906/1999, de 17 de diciembre, que regula la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales en desarrollo del artículo 5.3 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, de Condiciones Generales de la Contratación.
Respuesta de Terra:
Terra ha recurrido el expediente sancionador de Facua y afirma que la denuncia no corresponde a un sólo usuario
Reproducido de Europa Press
Sitio web de FACUA
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"Ninguna cláusula establecía expresamente que el usuario debiese configurar manualmente el acceso telefónico a Internet sustituyendo el número habitual por el designado por Terra, por lo que entendió que sería la empresa quien lo haría. De hecho, cuando llamó a su teléfono de atención al cliente, le indicaron que su conexión era correcta", manifestó la organización.
Por su parte, en una actitud "lamentablemente habitual" ante las denuncias de Facua por vulneración de los derechos de los consumidores, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de Ciencia y Tecnología decidió el pasado octubre "abstenerse de entrar a resolver sobre el asunto, quedando expedito el derecho de las partes de acudir ante la jurisdicción competente", dada la supuesta "falta de elementos de juicio para pronunciarse".
Facua denunció que estas carencias en la información vulneran el artículo 13.1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el artículo 54 de la Ley General de Telecomunicaciones y los artículos 2 y 3 del Real Decreto 1.906/1999, de 17 de diciembre, que regula la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales en desarrollo del artículo 5.3 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, de Condiciones Generales de la Contratación.
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