Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


Kontsumobide sanciona con 100.000 euros a Telefónica por publicidad engañosa


El Instituto Vasco de Consumo, Kontsumobide, ha impuesto a Telefónica de España S.A.U. una multa de 100.000 euros por llevar a cabo conductas constitutivas de publicidad engañosa en su campaña de paquetes ?Movistar Fusión?, que contrataron unos 130.000 vascos.





Confilegal.- El Instituto Vasco de Consumo, Kontsumobide, ha impuesto a Telefónica de España S.A.U. una multa de 100.000 euros por llevar a cabo conductas constitutivas de publicidad engañosa en su campaña de paquetes ?Movistar Fusión?, que contrataron unos 130.000 vascos.

En una resolución firme hecha pública este martes, la entidad, dependiente del Gobierno Vasco, subraya que la sanción se impone a esta empresa de telefonía por publicitar sus paquetes ?Movistar Fusión? con precios finales y, posteriormente, incrementarlos en más de una ocasión de manera ?injustificada y unilateral?.

El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo ha precisado en una nota que la empresa había lanzado en 2012 este producto con ?precios finales y para siempre?, pero que en mayo de 2015 decidió incrementar las facturas en 5 euros de forma unilateral.

La Unión de Consumidores de Euskadi presentó entonces una denuncia y Kontsumobide inició un expediente sancionador para determinar si Telefónica había vulnerado la normativa.

El Instituto Vasco de Consumo ha concluido que esta conducta está tipificada en el artículo 50.4.c de la Ley de Personas Consumidoras y Usuarias.

El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo ha precisado en una nota que la empresa había lanzado en 2012 este producto con ?precios finales y para siempre?, pero que en mayo de 2015 decidió incrementar las facturas en 5 euros de forma unilateral.

En este artículo se señala que constituyen infracciones por defectuosa o incorrecta prestación de servicios las relacionadas con el incumplimiento del deber de ?veracidad informativa o publicitaria en la venta de bienes y productos o en la prestación de servicios, de manera que se les atribuyan calidades, características, resultados o condiciones de adquisición, uso o devolución que difieran de los que realmente posean o puedan obtenerse?.

También señala que se considera una infracción ?toda la publicidad que de cualquier forma induzca o pueda inducir a error, así como aquella que silencie datos fundamentales que impidan conocer las verdaderas características o naturaleza del producto o servicio?.

Desde 2016 Telefónica ha incrementado las tarifas de Movistar Fusión. La última fue en abril tras haberlas subido en febrero y a finales del pasado año. La subida en este 2017 es de 10 euros al mes, es decir, 120 euros anuales.

La resolución sancionadora también establece la obligación de dar publicidad a la multa por ?razones de ejemplaridad? y para ?evitar futuras conductas infractoras?.


pdfprintpmail